Once vehículos al corralón y 76 apercibimientos, en las primeras horas del Hoy No Circula

jueves, 23 de abril de 2020 · 16:30
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Hasta las 16:00 horas de este jueves 23, al inicio del Hoy No Circula obligatorio por la entrada de la fase 3 de la pandemia por covid-19, la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) aplicó 76 apercibimientos y 11 autos fueron enviados al depósito vehicular. La policía capitalina detalló, al corte de las 11:00 horas, que 35 apercibimientos fueron para médicos y personal de salud, además de automovilistas exentos del programa debido a que su actividad está relacionada con la atención a la emergencia sanitaria. Dichos conductores se identificaron con credenciales que comprobaban su actividad. En videoconferencia, la mandataria capitalina Claudia Sheinbaum recordó que las revisiones y, en su caso, sanciones, las debe hacer la Policía de Tránsito y que la multa por no respetar la medida, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito, es de 20 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), equivalentes a mil 737 pesos. Nota relacionada: [embed]https://www.proceso.com.mx/626898/hoy-no-circula[/embed] Además, calculó que con la medida ordenada el pasado martes 21, cuando fue declarada la fase 3, se estima que dejarán de circular 400 mil coches cada día. Estos se restarán a los 2 millones que hasta ayer circulaban, en promedio, debido a las medidas instauradas por la emergencia sanitaria en la capital mexicana. Por lo tanto, diariamente circularían solo un millón 600 mil vehículos. Y es que, según la funcionaria, de los alrededor de 5 millones de autos que circulaban a diario en la ciudad, con las medidas de emergencia, esa cifra se redujo a 2 millones, lo que significa la reducción de entre 60% y 70% de la movilidad en automóviles. Los exentos El Hoy No Circula obligatorio aplica todos los autos con placas, sin importar su holograma o si son híbridos y eléctricos. Operará de lunes a viernes de las 5:00 a las 22:00 horas, según la terminación de la placa del vehículo, sin importar su engomado. Quedan exentos los siguientes vehículos: -Servicios de transporte de pasajeros público (autobuses, taxis, microbuses y demás servicios que cuenten con la autorización para la prestación del servicio), de personal y foráneo- -Los destinados a prestar servicios de emergencia, seguridad pública, verificación administrativa, bomberos, rescate, protección civil y servicios urbanos. -De servicios funerarios. -Para personas con discapacidad. -Los usados circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica. -Locales y federales de transporte de carga. -De uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector salud en todas sus especialidades, paramédica, administrativa y de apoyo. -Los que se utilicen para actividades esenciales señaladas en el Tercer Acuerdo por el que se determinan acciones extraordinarias en la Ciudad de México para atender la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por causa de fuerza mayor, -publicado el 1 de abril en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, número 315- en concordancia con el Acuerdo del Consejo de Salubridad General del Gobierno Federal- -Motocicletas.

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