ONGs alertan de censura y criminalización en internet en reformas al T-MEC

jueves, 18 de junio de 2020 · 13:41
CIUDAD DE MÉXICO (apro). - Organizaciones en defensa de los derechos digitales alzaron la voz en contra de las reformas que pretenden aprobar la próxima semana en el Senado para adecuarlas al Capítulo de Propiedad Intelectual del T-MEC, ya que representan “una amenaza grave a los derechos humanos”. Como parte del paquete de reformas derivadas de la implementación del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), que entra en vigor el 1 de julio, se encuentran modificaciones a la Ley Federal del Derecho de Autor y al Código Penal Federal. Sin embargo, en un comunicado conjunto, la R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales, Creative Commons México, SocialTIC, Artículo 19, Wikimedia México y Redes por la Diversidad, Equidad y Sustentabilidad A.C. alertaron sobre los riesgos a la libertad en internet de estas iniciativas, que la Cámara Alta plantea aprobar la próxima semana en un periodo extraordinario. Por ejemplo, señalan que la iniciativa de reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor pretende establecer “censura digital” con un mecanismo conocido como “notificación y retirada”, el cual obliga a los proveedores de servicios de Internet a remover cualquier publicación o contenido de sus usuarios cuando una persona alegue que se violan sus derechos de autor, sin necesidad de aportar prueba alguna de dicha infracción y sin que una autoridad judicial lo ordene tras un juicio que respete las garantías del debido proceso. “Al permitir que cualquier particular censure expresiones en línea, sin que siquiera deba seguirse un proceso legal para determinar si la expresión efectivamente constituye una infracción a derechos de autor, se establece un mecanismo de censura claramente violatorio del derecho a la libertad de expresión consagrado en los artículos 6 y 7 de la Constitución y en tratados internacionales”, acusan las organizaciones firmantes. Además, explican que este tipo de obstáculos al libre flujo informativo en internet son regresivos, innecesarios y desproporcionados desde una perspectiva integral de los derechos humanos. “Dado que cualquier restricción a la libertad de expresión no solo debe estar contenida de manera clara y precisa en una ley, sino que también debe ser necesaria en una sociedad democrática para el logro de los fines que se buscan, y estrictamente proporcional e idónea a la finalidad perseguida”, añaden. Recuerdan que México está imposibilitado constitucionalmente para adoptar este mecanismo y que el gobierno no está obligado por el T-MEC para implementarlo, de conformidad con lo establecido en el propio Capítulo 20 del T-MEC, en la nota al pie 119, en la que se reconoce que cualquier mecanismo debe hacerse de conformidad con las disposiciones constitucionales vigentes en el país”. Por otro lado, acusan que los cambios a la Ley Federal del Derecho de Autor y al Código Penal Federal también contempla severas sanciones –de hasta 10 años de prisión– por eludir “medidas tecnológicas de protección”, que son candados digitales impuestos por fabricantes o desarrolladores de hardware y software que pretenden impedir el acceso o copia de la información contenida en dichos equipos y sistemas, con el supuesto objetivo de impedir infracciones a sus derechos de autor. Sin embargo, de acuerdo con las organizaciones, los candados digitales que un sinfín de dispositivos y sistemas poseen actualmente no solo impiden potenciales infracciones a derechos de autor, sino que también obstaculizan el ejercicio de derechos y el desarrollo de actividades que benefician al interés público como la investigación. “Investigadores de seguridad necesitan eludir candados digitales para poder detectar vulnerabilidades de seguridad cuya reparación beneficia la seguridad de millones de personas y pacientes, investigadores y médicos necesitan eludir candados digitales para conocer, fabricar, mejorar o reparar dispositivos fundamentales para el cuidado de la salud como marcapasos o respiradores mecánicos”, explican. A la lista de ejemplos se suman personas con alguna discapacidad que resultan excluidas de algunos de sus derechos a menos que se puedan eludir candados digitales con fines de accesibilidad, como puede ser el caso de algunos libros electrónicos; pequeños negocios independientes de reparación de aparatos que necesitan eludir candados digitales para poder ofrecer sus servicios, fomentar la competencia y evitar monopolios de refacción por parte de los fabricantes y consumidores; agricultores y usuarios de tecnología; creadores, artistas y periodistas, quienes necesitan eludir candados digitales para extraer fragmentos de obras protegidas por derechos de autor para la crítica, la parodia, la educación, la difusión de noticias, el trabajo documental y la producción de obras transformativas. “Si bien las iniciativas presentadas contemplan algunas excepciones, persisten deficiencias, imprecisiones y omisiones que amenazan e inhiben el ejercicio de derechos. Sin excepciones robustas y amplias a la prohibición de la elusión de candados digitales, se ponen en riesgo la seguridad, la privacidad, la libertad de expresión, el derecho a participar en la vida cultural, la economía y muchos otros derechos”, advierten. Por último, acusan que el proceso de discusión ha sido excluyente y prácticamente inexistente, pues estas reformas han sido debatidas con el Consejo Coordinador Empresarial (CCE), sin que se haya permitido, hasta ahora, la participación de organizaciones de la sociedad civil o de otros grupos que ser verían severamente afectados por estas disposiciones. Por ello, exigen que los grupos de trabajo para discutir la implementación del T-MEC incluya a las organizaciones y a representantes de la sociedad civil, que se organice un parlamento abierto y que las reformas en materia de derechos de autor no sean incluidas en el paquete que se discutirá en el periodo extraordinario. “Es indispensable evitar la innecesaria prisa con la que están siendo procesadas estas reformas en medio de una emergencia sanitaria. México cuenta con hasta tres años a partir de la entrada en vigor del TMEC para implementar algunas disposiciones –como las relacionadas con los proveedores de servicios en Internet– y dicho plazo recién iniciaría el 1 de julio de 2020”, argumentan.

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