El ministro Luis María Aguilar resolverá constitucionalidad de la consulta sobre expresidentes

martes, 15 de septiembre de 2020 · 21:00
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) recibió del Senado de la República la solicitud presentada por el presidente Andrés Manuel López Obrador para realizar una consulta popular que determinaría si se enjuicia a los expresidentes, desde Carlos Salinas de Gortari hasta Enrique Peña Nieto. Mediante un comunicado, el máximo tribunal del país informó que ya recibió la propuesta del Ejecutivo Federal, incluida la pregunta que fue planteada en los siguientes términos: “¿Está de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables, investiguen y en su caso sancionen la presunta comisión de delitos de los expresidentes, Salinas, Zedillo, Fox, Calderón y Peña, antes, durante y después de sus respectivas gestiones?”. La petición fue turnada para su estudio al ministro Luis María Aguilar Morales, quien deberá resolver sobre la constitucionalidad de la consulta en un plazo máximo de 20 días, de acuerdo con el artículo 26 de la Ley Federal de Consulta Popular. Dicha norma establece que el ministro deberá revisar que la pregunta esté relacionada de forma directa con la materia de la consulta; que el cuestionamiento no sea tendencioso y que no contenga o provoque juicios de valor en sentido positivo o negativo sobre el tema de la misma. En caso de que así lo determine, podría realizar modificaciones a la pregunta, “a fin de garantizar que la misma sea congruente con la materia de la consulta”. La Suprema Corte notificará a la Cámara de Senadores dentro de las 24 horas siguientes a que emita la resolución, pero en caso de que el tema de la consulta sea inconstitucional se notificará al presidente de la Mesa Directiva del Senado, quien deberá publicar la resolución de la propia Corte en la Gaceta Parlamentaria para dar el asunto como total y definitivamente concluido. En caso de que el tema de la consulta sea reconocido como constitucional por la SCJN, la pregunta contenida en la resolución no será modificada y se notificará al presidente de la Mesa Directiva de la Cámara Alta para que la resolución se publique en la Gaceta Parlamentaria, y un dictamen de la petición sea aprobado por la mayoría del Congreso en el Senado y la Cámara de Diputados. Si la petición sea rechazada por la mayoría del Congreso de la Unión, se procederá a decretar la solicitud del Ejecutivo como un asunto total y definitivamente concluido. En caso de que sea aprobada por una mayoría en ambas cámaras del Congreso, se deberá expedir la convocatoria de la consulta popular mediante un decreto y se notificará al Instituto Nacional Electoral (INE) para su posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

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