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TEPJF exonera al presidente López Obrador por criticar alianza opositora

De acuerdo con la Sala Especializada, no se advierte “ni existen elementos que hagan suponer que (las menciones a conservadores) se trata de los institutos políticos quejosos.
miércoles, 6 de enero de 2021 · 19:26

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Con tres votos a favor y dos en contra, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el presidente Andrés Manuel López Obrador no violó las leyes electorales ni la equidad en la contienda, por haber criticado a los partidos de oposición en su decisión de aliarse para los comicios del próximo 6 de junio.

El 22 de diciembre pasado la Sala Regional Especializada del TEPJF determinó que el presidente hizo uso de su libertad de expresión, pues usar vocablos relacionados con procesos electorales o las posibles alianzas entre los partidos políticos no está prohibido.

“El goce de su libertad de expresión únicamente quedaría compelido ante la existencia de expresiones que tuvieran como objetivo incidir en los procesos electorales local y federal 2021, lo cual no se advierte”, resolvió la Sala Regional, lo que fue confirmado hoy por la Sala Superior.

La queja original fue interpuesta por los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) ante los dichos de López Obrador en su gira del 28 de noviembre en Baja California, y ruedas de prensa del 30 de noviembre y el 7 de diciembre en Palacio Nacional. En ellas criticó alianzas opositoras y confió en que no ganarán.

“Están desesperados los conservadores, quieren a como dé lugar frenar, detener la transformación, se están agrupando, se están uniendo”, dijo en la supervisión de obra de la ampliación del Hospital Rural San Quintín IMSS-Bienestar, durante la gira denunciada, que se realizó también en Ensenada.

De acuerdo con la Sala Especializada, no se advierte “ni existen elementos que hagan suponer que (las menciones a conservadores) se trata de los institutos políticos quejosos, sino que se trata de puntos de vista del servidor público denunciado respecto de los que están en contra del proyecto de la actual administración”.

El PRD demandó sancionar al presidente por vulneración al principio de imparcialidad y neutralidad, y utilización indebida de recursos públicos, pero la Sala Superior resolvió que los argumentos del quejoso son inoperantes, pues no refutaron los argumentos de la Sala Especializada, así que la sentencia de ésta quedó firme.

Sólo los magistrados Janine Madeline Otálora y Reyes Rodríguez emitieron votos en contra de esa postura.

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