Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles

El Ejército operará el AIFA por 50 años y serán prorrogables

A 175 días para la inauguración del nuevo aeropuerto en Santa Lucía apareció en el DOF el título de concesión que desde el pasado 18 de agosto la Secretaría de Comunicaciones y Transportes otorgó a la empresa de participación estatal mayoritaria Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles S.A. de C.V.
viernes, 15 de octubre de 2021 · 12:27

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La concesión para que el Ejército administre, opere y explote el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles en Santa Lucia tendrá una vigencia de 50 años, de acuerdo con el título de concesión publico este viernes el Diario Oficial de la Federación.

A 175 días para la inauguración del nuevo aeropuerto en Santa Lucía, Estado de México, apareció en el DOF el título de concesión que desde el pasado 18 de agosto la Secretaría de Comunicaciones y Transportes otorgó a la empresa de participación estatal mayoritaria Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, S.A. de C.V.

De acuerdo con el documento, la sociedad denominada Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, S.A. de C.V. está constituida con un 99% de acciones propiedad de la Secretaría de la Defensa Nacional y 1% del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, y estará representada por el General de brigada D.E.M., René Trujillo Miranda, como su director general.

La concesión tendrá una vigencia de 50 años, contados a partir del inicio de operaciones del Aeropuerto, es decir el 21 de marzo de 2022, y la vigencia podrá ser prorrogable.

Según el decreto, la concesionaria podrá iniciar operaciones una vez que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes haya emitido la autorización respectiva, tras acreditar: la terminación de la obra; el programa Maestro de Desarrollo, el cual deberá incluir, entre otros aspectos, el programa indicativo de inversiones; las reglas de operación contenidas en el manual general de operación del aeródromo; póliza de seguro; registro de las tarifas de los servicios que prestarán y documentos por el que se constituya el comité de operación y horarios. Además del documento por el que se constituya el comité local de seguridad.

La empresa deberá contar con la autorización de la SCT de los contratos para servicios aeroportuarios y complementarios con terceros, en un plazo máximo de 15 días naturales contados a partir de la fecha de su formalización.

“Sin dicha autorización, los contratos no surtirán sus efectos. En el caso de que la SCT no se pronuncie respecto a dichos contratos en el plazo de 30 días naturales, y si no se resuelve, se considerará autorizado el contrato”, dice el decreto.

Sobre la cesión de derechos de cobro la empresa militar podrá ceder a terceros el cobro de los derechos respecto de la prestación de los servicios aeroportuarios y complementarios previa autorización de la Secretaría.

El título de concesión también señala que la concesionaria actualizará su Programa Maestro de Desarrollo cada 5 años, y toda obra “mayor” de construcción, reconstrucción o ampliación deberá ser plasmada en un proyecto

En cuanto a las tarifas, la concesionaria cobrará las tarifas que por la prestación de los servicios le autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la participación de la SCT, “esto mientras conserve su carácter de empresa de participación estatal mayoritaria”.

“Cuando deje de ser una empresa de participación estatal mayoritaria, aplicará las tarifas que correspondan en la prestación de los servicios, en los términos que se establecen en la ley, el reglamento y en esta concesión”, dice el documento.

“En el caso de que en opinión de la Comisión Federal de Competencia Económica no existan condiciones razonables de competencia, la imposición y cobro de tarifas por la prestación de los Servicios Aeroportuarios, se sujetará a las Bases de Regulación Tarifaria que establezca la SCT”, en términos de la ley, añade.

También, especifica que el gobierno federal no otorga garantía alguna a la concesionaria, respecto del rendimiento económico y financiero del Aeropuerto por el otorgamiento de este título de concesión, y en su caso, dice, por las bases de regulación tarifaria que en lo futuro establezcan.

"La concesionaria, con la aceptación de esta concesión, asume todos los riesgos inherentes a la operación y rendimiento económico y financiero en la prestación de los servicios”, aclara.

Además, la empresa que operará el aeropuerto Felipe Ángeles pagará a la federación las contraprestaciones que fijó la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios, de la Subsecretaría de Ingresos, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

También establece que la concesionaria deberá publicar en un periódico de amplia circulación en México, sus estados financieros anuales dictaminados por auditor externo, dentro de los 4 meses siguientes al fin de cada ejercicio.

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