Hidalgo

Tras discriminación a menor con Down, abren puerta a deporte inclusivo en Hidalgo

La discriminación de la que fue víctima Daniel a los siete años, al ser expulsado de una clase de natación de la por tener Síndrome de Down, abrió la puerta para que personas con alguna discapacidad puedan ser parte de equipos tradicionales en Hidalgo.
miércoles, 17 de febrero de 2021 · 20:35

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La discriminación de la que fue víctima Daniel a los siete años, al ser expulsado de una clase de natación de la que era alumno regular por ser un niño con Síndrome de Down, abrió la puerta a la adecuación de reglamentos con el concepto “inclusión deportiva”, para que personas con discapacidad puedan ser parte de grupos deportivos “tradicionales”, sin prejuicios por instituciones del Estado. 

Una lucha que empezó hace tres años en Hidalgo, después de que a Daniel no se le permitiera continuar en un grupo de natación porque “los discapacitados tienen que estar con los discapacitados”, culminó con un amparo que obligó a la Comisión de Derechos Humanos de su estado a emitir un dictamen sobre su caso. Aunque fue negativo, porque supuestamente no encontró elementos que atentaran contra la dignidad del menor, la CNDH dio un revés a este fallo y emitió una recomendación al gobernador Omar Fayad en la cual marca un precedente parta todos los menores con discapacidad. 

El concepto “deporte inclusivo” implica que los niños con Síndrome de Down y con cualquier otra discapacidad física o mental no podrán ser relegados por ninguna institución del país y en ninguna disciplina deportiva; asimismo, no deberán ser minusvalorados por ser diferentes. 

“No es solamente el hecho de que nuestro niño regrese a un carril a nadar, sino que el concepto de natación o deporte inclusivo no existe; por lo tanto, tiene que ser creado, y adecuadas las normas para que esto suceda”, explicó a Proceso Neftalí Reyes, padre de Daniel, quien libró una batalla de tres años con las instituciones del estado, que se negaron a permitir que su hijo volviera a clases sin el juicio de que no podía convivir con otros niños en los carriles de nado, con una misma instrucción, porque tenía una discapacidad.       

“No existe el concepto ni para el Instituto Hidalguense del Deporte y creo que en ninguna institución del país. Los juicios son: ‘o eres discapacitado o no eres discapacitado’, pero no hay una modalidad inclusiva; es decir, tiene que ser creada, y así la gran mayoría de instituciones del país”. Explica que, hasta ahora, los criterios eran ser del deporte ordinario o del deporte adaptado, sin interrelación entre sí. 

No obstante, tras este caso, Hidalgo deberá realizar los ajustes necesarios en sus reglamentos y criterios deportivos para que Daniel sea integrado a las clases de natación en la modalidad inclusiva, “sin ningún tipo de restricciones ni malos tratos o limitación para el desarrollo de sus actividades”. 

Neftalí considera que esta batalla que lucharon por su hijo ya no es un beneficio sólo para él, ni únicamente para los menores con Síndrome de Down, sino para toda la infancia y cualquier ser humano con capacidades diferentes, en todo el país.   

“La natación puede ser algo que rompa ese paradigma: que personas con o sin discapacidad puedan practicar en conjunto un deporte; es lo que nosotros buscamos. En un inicio, éste no era nuestro objetivo, porque esto inició en 2018 y ya son tres años; Daniel hoy tiene diez. En un inicio nosotros queríamos que nuestro niño, que tiene una discapacidad intelectual por trisomía 21, pudiera potenciar sus capacidades con otros niños y vimos que podría hacerlo a través de la natación”, recordó. 

Sin embargo, cuando fue suspendido de la clase, en la que, afirma, mostraba progreso e interactuaba con menores con su mismo nivel de nado, “nos dimos cuenta que hay vacíos, que hay desconocimiento por parte de las personas encargadas del deporte acerca de esta modalidad, que en el mundo existe –tal vez no en Hidalgo ni en el país, pero existe–. Han sido muchos los caminos que se han tenido que buscar y las autoridades se escudaban en reglamentos y en que no existen leyes para una modalidad exclusiva y, si no existe, no se le puede otorgar. Esa es la trascendencia que nosotros vemos con nuestro caso”, resaltó en entrevista. 

En la recomendación 81/2020, dirigida al gobernador Omar Fayad Meneses y al presidente de la Comisión de Derechos Humanos de Hidalgo (CDHEH), Alejandro Habib Nicolás, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) resolvió que la administración estatal no sólo vulneró el derecho a la igualdad, legalidad, seguridad jurídica, cultura física y práctica del deporte de Daniel, por la discriminación, al impedirle tomar clases, sino que el organismo local encargado de defenderlo tuvo dos fallos a favor del gobierno, específicamente el Instituto Hidalguense del Deporte (Inhide), contradictorios a la defensa que debería asumir hacia los derechos del infante. 

De acuerdo con la relatoría de la familia que integra el expediente de la CNDH, el 4 de noviembre de 2018 iniciaron una queja ante la CDHEH y una denuncia ante la autoridad ministerial por discriminación contra su hijo, quien tomaba sesiones de natación desde los seis años en una asociación civil, debido a que tras permanecer tres meses en un grupo convencional de natación del Centro Estatal de Alto Rendimiento del Inhide el servicio le fue negado. 

Esta instancia, a cargo de la funcionaria Fátima Baños, hija del secretario de Turismo estatal, Eduardo Javier Baños Gómez, argumentó que hubo un cambio de instructor y la persona que quedó a cargo del grupo de natación no tenía la preparación para atender a personas con discapacidad”; asimismo, mantuvo su negativa a reincorporarlo porque no había reglamentos que refieran que un niño con Síndrome de Down podría estar en una clase “normal” y porque “los discapacitados tienen que estar con los discapacitados”, según el testimonio de la familia.  

El Inhide concluyó que la remisión del menor a un grupo de deporte adaptado fue un “ajuste razonable”, pues, a su consideración, priorizaba “la protección de su integridad física y de su vida… por encima del derecho a la inclusión”. Neftalí, sin embargo, mencionó que en el grupo de deporte adaptado participan personas de todas las edades y cualquier tipo de discapacidad, con un instructor para todos, lo que no propiciaba la interacción entre menores que buscaban para su hijo.  

Asimismo, la CNDH acreditó una segunda violación por parte de la instancia gubernamental, ya que, al ejercer presión el Inhide a la asociación civil en la que Daniel tomaba clases, éstos ya no le permitieron seguir, a la razón de que “no se permite que los alumnos tomen clases en dos instituciones a la vez”; es decir, el deporte adaptado al que lo habían remitido y en la asociación. 

En este caso, también la Comisión de Derechos Humanos del estado tuvo un juicio en contra de la familia, al considerar que no había elementos para acreditar agravios en contra de Daniel.   

Aunque la CDHEH, de acuerdo a su normativa, debe resolver una queja en seis meses, en el primer caso –la negativa del Inhide para mantener en la clase convencional a Daniel– tardó ocho meses y llegó debido a que un juez federal amparó al menor, para que les dieran respuesta; el mismo retardo ocurrió con el dictamen de la segunda queja, lo cual también constató la CNDH.  

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