América Móvil

Revés a Slim: la SCJN confirma preponderancia de América Móvil

La Sala concluyó que es constitucional tanto la decisión del IFT –que considera a América Móvil agente económico preponderante en el sector de telecomunicaciones– como las medidas que se le impusieron como tal.
miércoles, 3 de marzo de 2021 · 18:35

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- En sesión remota, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló en contra del empresario Carlos Slim al declarar constitucionalmente válida la decisión del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) de proclamar agente económico preponderante a América Móvil.

Al resolver el amparo en revisión 986/2018, los ministros de la Sala recordaron que la reforma en materia de telecomunicaciones de 2013 modificó el artículo 28 constitucional para otorgar al IFT las facultades de un órgano regulador, autónomo y especializado que tiene a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.

Dentro de este parámetro constitucional, argumentó, las determinaciones a través de las que el IFT califica a un grupo económico como agente preponderante tienen como fin establecer condiciones de competencia y libre concurrencia en el sector y mejorar la calidad y precio en los servicios.

Con base en lo anterior, la Sala concluyó que es constitucional tanto la decisión del IFT –que considera a América Móvil agente económico preponderante en el sector de telecomunicaciones– como las medidas que se le impusieron como tal, porque limitan de forma válida sus derechos en beneficio de los ciudadanos para reducir las asimetrías en la cobertura de las redes respecto de los distintos operadores móviles.
 

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