Cámara de Diputados

Diputados aprueban iniciativa presidencial en materia de aviación civil

El dictamen, que fue turnado al Senado, establece que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) ejercerá la autoridad aeronáutica en aeropuertos, helipuertos y aeródromos, a través de la Agencia Federal de Aviación Civil.
miércoles, 28 de abril de 2021 · 23:25

CIUDAD DE MÉXICO (apro).-  La Cámara de Diputados aprobó este miércoles una iniciativa presidencial cuyo objetivo es que México tenga los estándares internacionales de seguridad y operatividad en materia de aviación civil.
 
Con 422 votos a favor, cero en contra y una abstención, los legisladores avalaron reformas a la Ley de Aviación Civil que, de acuerdo con el panista Carlos Elhier Cinta Rodríguez, permitirán se armonice la legislación civil con los estándares internacionales propuestos por la Organización Civil Internacional, agencia de la Organización de las Naciones Unidas.
 
En su calidad de presidente de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, Cinta Rodríguez explicó que con el dictamen aprobado se establecen directrices referentes a promover el sector de la aviación civil en materia de seguridad operacional de los vuelos a navegación internacional.
 
También destacó que se apunta a lograr un libre desarrollo seguro y ordenado en la aviación civil mundial, así como estimular el desarrollo de rutas, aeropuertos, instalaciones y servicios de navegación aérea.
 
El dictamen, que fue turnado al Senado, establece que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) ejercerá la autoridad aeronáutica en aeropuertos, helipuertos y aeródromos, a través de la Agencia Federal de Aviación Civil, por conducto de los comandantes regionales y comandantes de aeropuerto. 
 
Con las reformas avaladas quedan prohibidas las prácticas de cabotaje por parte de permisionarios extranjeros en territorio mexicano, y los propietarios de aeronaves no mexicanas destinadas para uso particular tampoco podrán realizar prácticas de cabotaje. 
 
Se precisa que únicamente el permisionario mexicano que preste servicio de transporte aéreo internacional, bajo la modalidad de taxi aéreo o de fletamento, puede transportar entre dos o más puntos en territorio nacional a los pasajeros, carga, correo o una combinación de éstos que hayan embarcado en un punto en el extranjero.
 
Indica que la Comisión Investigadora y Dictaminadora de Accidentes Aéreos contará con las siguientes facultades: coordinar, requerir y recibir información, realizar la investigación del incidente o accidente. 
 
Igualmente podrá requerir la asistencia de las personas que considere necesario entrevistar, a fin de que rindan cualquier aclaración o proporcionen información sobre el accidente o incidente aéreo.

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