Nacional

Sobre "FGR reconoce falta de preparación para litigar caso que involucra a García Luna"

jueves, 24 de junio de 2021 · 20:17

Jorge Carrasco Araizaga

Director de la Revista Proceso

P R E S E N T E.

Con relación a la nota publicada en su portal de internet y firmada por Juan Omar Fierro Mendoza, titulada: “FGR RECONOCE FALTA DE PREPARACIÓN PARA LITIGAR CASO QUE INVOLUCRA A GARCÍA LUNA”, le informamos que es absolutamente falso que esta Fiscalía General de la República, haya señalado que no estaba preparada para llevar a cabo la audiencia de vinculación a proceso a 20 exservidores y servidores públicos del Sistema Penitenciario Federal.

Cabe señalar, como se puede comprobar en los datos asentados en esa diligencia judicial, fueron los abogados defensores de seis investigados, quienes solicitaron al Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio, con residencia en el Reclusorio Sur, diferir la audiencia en virtud de que las constancias de la carpeta de investigación que les entregó la Fiscalía, era muy voluminosa y necesitaban tiempo para estudiarla.

Ante dicha petición, la Fiscalía General de la República, para que no se pudiera alegar que se estaban vulnerando los derechos de los investigados y la garantía de defensa de estos, no se opuso a la misma. En consecuencia, el Juez difirió la audiencia y la reprogramó para el próximo 18 de octubre.

Agradezco la publicación de esta precisión y quedo atento para cualquier aclaración.

A T E N T A M E N T E

RAÚL DE JESÚS TOVAR PALOMO

Director General de Comunicación Social de la Fiscalía General de la República

Precisiones del reportero:

Con relación a la carta de la Fiscalía General de la República (FGR) en la que se señala que “absolutamente falso” lo aseverado por este reportero en la nota sobre el aplazamiento de la audiencia inicial en el caso de los 20 exservidores y servidores públicos del Sistema Penitenciario Federal, aclaro lo siguiente:

1.- Conforme a lo que marca el artículo 311 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), el juez de Control Ganther Alejandro Villar Ceballos primero dio la palabra a los Agentes del Ministerio Público de la Federación (MPF) que estaba presentes en la audiencia para que comenzaran a formular la imputación. Dicho artículo es muy claro en que los MPF son los primeros en tomar la palabra.

Sin embargo, en lugar de formular la imputación y exponer el hecho posiblemente constitutivo de delito que la Fiscalía le atribuye a los 19 investigados allí presentes, así como la calificación jurídica preliminar, fecha, lugar, modo y forma de intervención, los representantes de la Fiscalía comenzaron a presentar una solicitud para el diferimiento de la audiencia, argumentando que las defensas “no estaban debidamente enteradas de los hechos por el volumen del expediente” y el escaso tiempo con que la Fiscalía les habían entregado las copias del mismo, acto que jurídicamente se conoce como “correr el traslado” de los registros existentes en la carpeta de investigación.

Ante tales argumentos, el Juez de Control preguntó directamente a los fiscales si estaban solicitando el diferimiento de la audiencia inicial en contra de los imputados, a lo que los representantes de la FGR respondieron afirmativamente, reiterando que, efectivamente, el volumen de la información era excesivo y que seguían revisando las constancias, un reconocimiento tácito de que tampoco estaban listos para comenzar a litigar el caso.

También conforme marca el CNPP, en ese momento el juez de control abrió el debate para que los imputados y sus defensas expusieran lo que les convenía conforme a derecho, por lo que seis defensores se sumaron a la petición de la FGR para aplazar la audiencia.

En contraste, otros abogados expusieron que habían solicitado el acceso a la carpeta de investigación desde marzo pasado y que si les había faltado tiempo para revisar la carpeta era un problema atribuible a la propia FGR, puesto que los Agentes del Ministerio Público de la Federación encargados del caso, primero negaron la existencia de la indagatoria y posteriormente obstaculizaron a las defensas que pudieran revisar los expedientes.

En otras palabras, la carta de la FGR omite que sus Ministerios Públicos fueron los primeros en pedir el diferimiento de la audiencia, datos que también están asentados en la diligencia judicial, con registro de audio y video, que el Juez de Distrito presidió desde el Reclusorio Sur.

Tan es así, que el propio Juez de Control advirtió que revisando el expediente, se podían localizar muchas promociones de las defensas respecto a que no se les había querido dar acceso a la carpeta de investigación. De hecho, los imputados tuvieron que recurrir a juicios de amparo para forzar a la Fiscalía a darles acceso al expediente mediante suspensiones provisionales otorgadas por jueces federales.

Además, la defensa de uno de los imputados solicitó a los Ministerios Públicos de la Federación “respetar su trabajo”, ya que no le correspondía definir si una defensa estaba lista o no para hacer su trabajo. Esa defensa, fue una de las que solicitó continuar con la audiencia de imputación.

Fue entonces que el Juez de Control volvió a dar la palabra a los fiscales de la FGR, quienes reiteraron que no se oponían al diferimiento de la audiencia para no vulnerar los derechos de los investigados.

Por ello, este reportero insiste en que la narrativa de la FGR sobre la audiencia es la que está equivocada, puesto que al solicitar el diferimiento o aplazamiento de la audiencia por “el exceso de información” del expediente, hay ese reconocimiento tácito de que todavía no estaban listos para comenzar a litigar un caso que es de suma relevancia para el sistema penitenciario federal y las finanzas públicas del gobierno de México.

Juan Omar Fierro

Respuesta de la FGR

SEÑOR JORGE CARRASCO ARÁIZAGA
DIRECTOR GENERAL 
REVISTA PROCESO
P R E S E N T E

El reportero Juan Omar Fierro insiste en que la FGR solicitó el diferimiento o aplazamiento de audiencia por “falta de preparación para litigar el caso”, aseverando falsamente que fue esta Institución la que hizo dicha solicitud de diferimiento o aplazamiento, cuando fueron seis de los diecinueve imputados los que hicieron dicha solicitud, para poder estudiar el cúmulo de pruebas aportadas por la Fiscalía, a lo que el Ministerio Público no tuvo inconveniente para evitar recursos procesales dilatorios en el caso, ya que el “exceso de información” que alegaron, los que hicieron la solicitud, de ninguna manera implica que la Fiscalía no estuviera lista para iniciar el procedimiento, sino todo lo contrario. 

A T E N T A M E N T E 
Raúl de Jesús Tovar Palomo
Director General de Comunicación Social 
Fiscalía General de la República

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