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TEPJF determina que López Obrador vulneró el principio de imparcialidad en una conferencia de diciembre

Magistrados votaron en contra del proyecto de sentencia presentado por el presidente del Tribunal Electoral, José Luis Vargas Valdez, quien propuso confirmar la resolución de inexistencia de la violación imputada al Ejecutivo federal.
miércoles, 14 de julio de 2021 · 23:28

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó por mayoría de votos que el presidente Andrés Manuel López Obrador vulneró el principio de imparcialidad de la pasada elección, con sus declaraciones en la conferencia matutina del 23 de diciembre pasado en la cual dijo que la coalición  PAN, PRI y PRD representa al antiguo régimen y se unieron para evitar que su proyecto tuviera mayoría en el Congreso.

Es la cuarta ocasión en la que el TEPJF califica de violación a la Ley electoral las expresiones del presidente López Obrador, dos expuestas en las conferencias matutinas y dos más en otro tipo de eventos. Ninguno ha derivado en sanción al presidente López Obrador, solo han sido sancionados algunos de sus colaboradores.

En esta ocasión, por mayoría de votos de la magistrada Janine Otálora Malassis y los magistrados Felipe Fuentes Barrera, Felipe de la Mata Pizaña y Reyes Rodríguez Mondragón, se determinó que dichas expresiones constituyeron propaganda negativa hacia algunos partidos políticos por lo que ordenaron la individualización de la sanción a imponerse por esta violación a la Ley electoral.

Los magistrados y magistradas votaron en contra del proyecto de sentencia presentado por el magistrado presidente José Luis Vargas Valdez, quien propuso confirmar la resolución de inexistencia de la violación imputada al presidente López Obrador.

El magistrado Vargas Valdez señaló que las manifestaciones del presidente López Obrador fueron hechas un día antes del inicio de la campaña y por ello no incurrió en propaganda gubernamental, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, ni vulneración a los principios de imparcialidad

“El hecho de difundir propaganda, per se, no actualiza una violación que actualiza una sanción (…) las expresiones se emitieron cuando aún no transcurría el periodo de campaña de algún proceso electoral”, dijo el ponente.

 

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