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Permiso covid 4.0 del IMSS: Así puedes tramitar una incapacidad laboral en línea

El IMSS presentó el “Permiso COVID-19 V 4.0” e informó los requisitos y pasos a seguir para que los empleados del sector privado que están registrados de manera directa en la institución puedan obtener una incapacidad “sin salir de casa”.
miércoles, 6 de julio de 2022 · 18:29

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) relanzó su servicio digital para tramitar la incapacidad de trabajadores que se contagiaron de covid-19 y evitar la propagación del coronavirus durante la quinta ola en el país

A través de sus redes sociales, el IMSS presentó el “Permiso COVID-19 V 4.0” e informó los requisitos y pasos a seguir para que los empleados del sector privado que están registrados de manera directa en la institución puedan obtener una incapacidad “sin salir de casa”.

  1. Ingresa al portal oficial: imss.gob.mx/covid-19/permiso. O bien, a la aplicación IMSS Digital en el apartado “permiso COVID-19”.
  2. Captura tu clave CURP, así como el Número de Seguridad Social (NSS) y el código postal.
  3. Responde los cuestionarios y adjunta la prueba covid-19 con diagnóstico positivo (Esto no será condicionante para el otorgamiento de este trámite).
  4. Registra tus datos, como el correo electrónico, teléfono, domicilio y una cuenta CLABE de 18 dígitos.
  5. Recibe el permiso COVID-19 V 4.0 por cinco días en tu correo electrónico.
  6. Recibirás el pago del 60 por ciento del salario registrado a partir del cuarto día de convalecencia como cualquier otra incapacidad por enfermedad general.
  7. Deberás notificar en tu centro de trabajo para justificar la ausencia.

También deberás adjuntar los siguientes documentos para obtener el Permiso COVID-19 V 4.0:

Identificación oficial vigente: credencial para votar expedida por el INE o IFE, o pasaporte expedido por la SRE. Deberás cargar la imagen completa del documento por ambos lados y legible. En caso de ser asegurado extranjero, deberás identificarte con tu pasaporte vigente acompañado de cualquiera de los siguientes documentos vigentes:

  • Visa de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas.
  • Visa de residencia temporal con permiso para realizar actividades remuneradas.
  • Visa de residente temporal estudiante con permiso para realizar actividades remuneradas.
  • Visa de residencia permanente.

 

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