Avanza con lentitud implementación de juicios orales en materia familiar

martes, 2 de junio de 2015 · 16:24
MÉXICO, D.F. (apro).- A un año de que se incluyeron los juicios orales en materia familiar en el Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, apenas 16 jueces han sido capacitados para atender las demandas por divorcios, patria potestad, pensiones alimenticias, guardas y custodias bajo el nuevo sistema. “Al momento hay 16 jueces capacitados, serán 20, los estamos haciendo transitar de un sistema a otro”, reconoció Edgar Elías Azar, presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF), en entrevista al término de la promulgación del decreto de las reformas de oralidad familiar en el Auditorio María Lavalle Urbina de dicho Tribunal. El magistrado admitió la lentitud con la que se ha avanzado en la implementación de este nuevo sistema para mejorar la aplicación de la justicia en las demandas familiares que, dijo, representan alrededor de 50% de los 350 mil asuntos que lleva el TSJDF al año. De ese total, 20% corresponden a asuntos penales y el resto, a civiles y mercantiles. “Vamos a entrar muy despacio, pero vamos. No se puede hacer toda la justicia familiar completa porque se necesitaría modificar este edificio de 17 pisos y no hay presupuesto suficiente”, agregó. En el acto oficial, el jefe de Gobierno del DF, Miguel Ángel Mancera, destacó que con estas reformas de oralidad familiar se aplicará la justicia “transparente, expedita, mucho más de contacto, mucho más de cercanía entre el juzgador y las partes”. Y aseguró: “Vamos a atender la nulidad del matrimonio, la pérdida de patria potestad de menores acogidos por una institución pública o privada de asistencia social, la interdicción contenciosa, el juicio especial de levantamiento de acta por reasignación para la concordancia de sexo, acciones derivadas de filiación, adopción nacional, exhortos, incompetencias, etcétera”. Empoderar a las mujeres Mancera Espinosa resaltó que además de que se reducirán los tiempos de solución de las controversias, también se incrementará el empoderamiento de las mujeres, ya que dos de cada tres divorcios son promovidos por las esposas. Ahora, dijo, “se les facilita el acceso a la igualdad de armas ante un juez”. Al término de la ceremonia, el presidente del TSJDF explicó que anteriormente, “por falta de capital, por no ser ellas (las mujeres) las que manejaban el dinero”, recurrían a defensores de oficio. Entonces, admitió que “no se veían bien defendidas, por eso, cuando el hombre alegaba alguna causal, éstas eran probadas con deficiencias porque él llevaba abogados particulares y por el volumen de trabajo de la defensora a pública, muchas mujeres fueron procesadas violentamente en este tribunal”. En tono optimista y aunque no supo decir para cuándo quedarán implementados por completo los juicios orales en materia familia, Edgar Elías aseguró que “no hay duda que los casos se van a reducir. En la justicia penal se han reducido mas de 60% las consignaciones por los acuerdos reparatorios, el tema de la mediación y conciliación. En la oralidad, la mediación está más presente. No hay duda de que habrá más acuerdos y menos juicios, que va a permitir reorientar recursos de los procesos judiciales y habrá más mujeres beneficiadas, ahora están mejor protegidas”. Los antecedentes Según información de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del GDF, el 9 de junio de 2014 el GDF publicó en su Gaceta Oficial reformas al Código de Procedimientos Civiles para el DF, relativas a la implementación del Juicio Oral en materia Familiar. Ese primer decreto entró en vigor el 21 de julio de 2014 en lo referente a procedimientos o juicios de rectificación de acta, adopción nacional, acciones derivadas de la filiación, juicio especial de levantamiento de acta por reasignación para la concordancia sexo-genérica, pérdida de la patria potestad de menores acogidos por una institución pública o privada de asistencia social, interdicción contenciosa y nulidad de matrimonio. El decreto publicado este martes incluye reformas a diversas disposiciones de la Ley Orgánica del TSJDF y el artículo cuarto transitorio del primer documento. Por ejemplo, establece que los Jueces de Proceso Oral en materia Familiar tendrán a su cargo, además de otras funciones, la etapa de conciliación durante la celebración de la audiencia preliminar. También aclara las nuevas obligaciones de los secretarios judiciales y los auxiliares de Juzgado de Proceso Oral. Además, adiciona al nuevo sistema los demás procedimientos en materia familiar: alimentos, guarda y custodia, régimen de convivencias, violencia familiar, nulidad de matrimonio, rectificación o nulidad de los atestados del registro civil, filiación, suspensión o pérdida de la patria potestad, constitución forzosa de patrimonio familiar, cambio de régimen patrimonial controvertido y la interdicción contenciosa. Aunque su aplicación podría tardar, pues su límite máximo es “a más tardar” el 1 de junio del 2016.  

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