Aprueban 'Ley Olimpia” en CDMX: cárcel de hasta seis años a quienes compartan 'packs”
CIUDAD DE MÉXICO (apro). - El pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó modificaciones legales relacionadas con la llamada “Ley Olimpia”, con las que se castigará con penas de cuatro a seis años de prisión y una multa de más de 42 mil pesos a quien divulgue -por cualquier medio- fotos, videos o audios íntimos sin consentimiento de la persona o mediante engaños, es decir, “violencia digital”.
Con 56 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, la decisión ocurrió luego del exhorto que hace una semana hizo la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum, quien el próximo jueves 5 de diciembre cumple su primer año al frente de la Ciudad de México.
De acuerdo con lo votado, la “violencia digital” será considerada como una modalidad de violencia hacia las mujeres. Entre ésta se incluyen los llamados “packs”.
Las modificaciones aprobadas se hicieron en el Código Penal local y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Las reformas avaladas protegen derechos humanos como el de la intimidad personal y sexual de las mujeres, así como el ejercicio libre y protegido de los derechos sexuales.
Entre las especificaciones de los cambios, los legisladores aprobaron que la pena señalada se agrave al 50 por ciento cuando la víctima sea una persona ascendiente o descendente en línea recta hasta el tercer grado; así como cuando exista o haya existido una relación de matrimonio, concubinato, noviazgo o cualquier otra relación sentimental o educativo, así como laboral.
Los cambios incluyen la misma sanción cuando el delito sea cometido por alguna persona servidora pública o integrante de las instituciones de Seguridad Ciudadana en ejercicio de sus funciones o bien, si el delito se comete contra personas adultas mayores, con discapacidad, en situación de calle, afrodescendientes o de identidad indígena.
También instruye una pena de hasta tres años de prisión cuando existan amenazas o acciones de extorsión para difundir materiales fotográficos o videos sobre la vida sexual de una persona.
De acuerdo con lo aprobado, la denuncia por este delito se podrá presentar mediante internet o por escrito. De inmediato, el Ministerio Público deberá ordenar a las empresas de plataformas digitales, redes sociales o páginas electrónicas “la interrupción, bloqueo, destrucción, o eliminación de imágenes, audios, o videos relacionados con la denuncia”, de acuerdo con el diputado de Morena, Eduardo Santillán, presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia.
Al hacer la presentación de la iniciativa, el experredista aseguró que dichos cambios representan “una importante aportación a la declaratoria de Alerta de Género expedida por la jefa de gobierno en la Ciudad de México”, contra la violencia hacia la mujer.
Y es que, el pasado 25 de noviembre -justo el Día Internacional para Eliminar la Violencia contra la Mujer-, la administración de Sheinbaum Pardo publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el decreto para declarar la Alerta por Violencia contra la Mujer. En el documento exhortó al Congreso local a aprobar la iniciativa de la llamada “Ley Olimpia” que sanciona el acoso y la violencia digital.
La votación, considerada como “histórica”, se dio dos días antes de que la mandataria capitalina cumpla el primer año de su gobierno. Para llegar a este punto, los diputados tardaron prácticamente un año para su análisis y discusión de iniciativas que también presentaron integrantes de la oposición.