Impone Secodam un Código de Conducta a sus funcionarios

martes, 5 de febrero de 2002 · 01:00
México, DF - Para impulsar las conductas que "nos hacen sentir orgullosos" de pertenecer a la Secretaría de la Contraloría, esta dependencia elaboró y dio a conocer el Código de Conducta que regirá a todos sus funcionarios Una de las normas establece que no se debe permitir que se generen falsas expectativas sobre el alcance de una denuncia Este documento, que se puede consultar en el portal de Internet de la Secodam, está redactado en primera persona y dividido en doce secciones, cada una de las cuales tiene dos partes: lo que "debo" y lo que no "debo" hacer como funcionario de esta dependencia en diversos ámbitos, como uso del cargo público, toma de decisiones, atención a quejas y denuncias, relación con la sociedad, relaciones con otras dependencias y uso transparente y responsable de la información interna Son 55 puntos de lo que sí se debe y 46 de lo que no se debe hacer Entre lo que no "debo" hacer, señala, es sacar el papel de los baños, llevarse los lápices a casa, dibujar en las paredes o navegar por Internet en sitios pornográficos Tampoco prender velas aromáticas en el lugar de trabajo Mucho menos "utilizar mi posición para solicitar favores sexuales, económicos o de otra índole a mis compañeros y compañeras, o robar las pertenencias personales a mis compañeros" Esto, como normas generales no asociadas directamente con la labor de la Contraloría Tampoco debo, dice el documento: "Elaborar normas que únicamente sirvan para justificar mi trabajo, hacer o permitir que las normas y procedimientos que se elaboran en la Secodam abran espacios para interpretaciones discrecionales que afecten el desempeño de la dependencia, interpretar la normatividad para buscar un beneficio personal" No "debo amenazar a servidores públicos de otras dependencias y entidades de gobierno haciendo ostentación de mi puesto", señala En lo relativo a lo que "debo" hacer: proporcionar información a la sociedad de manera equitativa, sin criterios discrecionales, excepto cuando se justifique la confidencialidad y utilizando los conductos autorizados para ello Cuidar la información a mi cargo ?expresa--, impidiendo o evitando la sustracción, destrucción, ocultamiento o utilización indebida de la misma Sigue: atender en el ámbito de mi responsabilidad, y con estricta confidencialidad, toda petición, queja y denuncia También, conocer la Ley y las normas con las cuales se ordena mi trabajo y "actuar siempre con transparencia, entendiendo esta última como un pacto de honestidad que realizan los servidores públicos y los ciudadanos Asimismo: "Ofrecer acceso a la información y expedientes que se guardan en la Secodam, siempre que se acredite (de parte del solicitante) un interés jurídico" En este sentido, el funcionario no debe "utilizar, compartir, ocultar o alterar la información que perjudique las funciones y estrategias de la Secodam o con el fin de favorecer o perjudicar indebidamente a un tercero" Al principio de cada uno de los apartados establece un "compromiso" específico Por ejemplo, al principio del apartado V, relativo a Conflicto de Intereses, dice: "Evitaré encontrarme en situaciones en las que mis intereses personales puedan entrar en conflicto con los intereses de la Secodam o de terceros Cualquier situación en la que exista la posibilidad de obtener un beneficio económico o de cualquier tipo que sea ajeno a los que me corresponden por mi trabajo en la Secodam, representa potencialmente un conflicto de intereses" De acuerdo con la titular de la Unidad de Vinculación para la Transparecencia, Aliza Chelminsky, en dicho código se establecen también formas de denunciar hostigamiento sexual, abusos de autoridad y otras irregularidades por parte de los jefes hacia los subordinados Aún no se define quienes serán los encargados de analizar las violaciones al código y promover las sanciones correspondientes04/02/02

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