Inconstitucional, la apertura del sector eléctrico a la IP: SCJN

miércoles, 24 de abril de 2002 · 01:00
México, DF - La apertura del sector eléctrico a la iniciativa privada en los términos de la reforma a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica es inconstitucional, asegura el proyecto de sentencia que al respecto elaboró la Suprema Corte de Justicia Al realizar estas reformas, el presidente invadió facultades exclusivas del Congreso de la Unión, agrega Este dictamen, sin embargo, no ha sido aprobado debido a las diferencias existentes entre los ministros del pleno de la Corte En el dictamen, que fue discutido este martes y finalmente pospuesta su votación para el jueves, se establece que el decreto de reformas al reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica emitido por el jefe del Ejecutivo en mayo del 2001 es inconstitucional Dicho decreto establece la participación sin restricciones de empresarios en actividades de generación eléctrica Contra este decreto, el Congreso de la Unión interpuso una controversia constitucional ante la SCJN Luego de varios meses de análisis del caso, el ministro instructor, Juan Silva Meza, elaboró un proyecto de dictamen en el que se declara que dichas reformas son inconstitucionales debido a que el presidente Vicente Fox quiso ejercer funciones que no le corresponden e invadió la esfera de las facultades exclusivas del Congreso de la Unión Por ello, dice el proyecto del jurista, "debe declararse la invalidez" del decreto "Desvirtúa la naturaleza jurídica que la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica otorga a los permisos de autoabastecimiento y cogeneración", señala En la anterior versión de la ley, los permisionarios de actividades de autoabastecimiento, es decir, empresas que producen su propia electricidad, tenían límites señalados para la cantidad de energía que podían producir Se señalaba que en caso de que las plantas produjeran mayor cantidad de energía de la que sus empresas necesitaran, esa energía sería considerada como excedente y no sería penalizada Sin embargo, apunta el proyecto, con las reformas hechas por el Ejecutivo, se da a los particulares que se autoabastecen y también a los que coparticipan con el gobierno en la generación de energía, un mayor margen de producción Se "incrementa el porcentaje que los autoabastecedores y cogeneradores pueden vender a la Comisión Federal de Electricidad, lo que implica una reorientación en materia de aprovechamiento de excedentes" y se desvirtúa el requisito de autoconsumo, dice También desaparecen "los límites de compromiso de capacidades y producciones en el caso de la cogeneración" "Esta situación derivaría en la posibilidad de que existan proyectos de autogeneración, cuyo destino no sea el autoconsumo, sino la venta de electricidad, misma que además se realizaría fuera de concurso", manifiesta Otro peligro del decreto, apunta, es que da a la Secretaría de Energía "un amplio margen de discrecionalidad para modificar el porcentaje establecido para los casos de plantas de autoabastecimiento" De los once ministros del pleno, cuatro votaron en contra y tres a favor La votación no siguió, pues estos resultados fueron suficientes para saber que no se daría la mayoría calificada, de ocho votos, para aprobar o rechazar el dictamen Por ello, el ministro ponente propuso se pospusiera la votación y se analizara con mayor profundidad el asunto Se planteó que fuera este jueves cuando se retome el tema23/04/02

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