Conceden amparo a Layda Sansores ante caso de espionaje
Campeche, Cam (apro)- El juzgado primero de distrito "B" de amparo en materia penal, con sede en el Distrito Federal, amparó a Layda Sansores contra el no ejercicio de la acción penal que declaró la Procuraduría General de la República (PGR) en el caso del espionaje telefónico destapado en Campeche, lo que obligaría a revisar el expediente
"Esto significa que aunque no se amplíe la averiguación, que quedó inconclusa, con la sola revisión, si hay voluntad en este nuevo gobierno, hay suficientes elementos para consignar", señaló la hija del controversial político campechano Carlos "El Negro" Sansores Pérez
"Esperamos que este nuevo gobierno sea congruente con su oferta de no impunidad", añadió, y comentó que el secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda, que en su momento, como presidente de la Comisión de Puntos Constituciones y Gobernación del Senado, conoció el caso a fondo, e incluso se manifestó en favor de la demanda de juicio político contra el gobernador Antonio González Curi y su antecesor Jorge Salomón Azar García, "me dijo que si ganaba el amparo, lo buscara, y lo voy a hacer"
La exsenadora y excandidata a la gubernatura promovió el juicio de amparo 842/2000 contra actos del titular de la PGR, los subprocuradores de Procedimientos Penales "C" y de Coordinación General y Desarrollo, así como de una serie de funcionarios de menor jerarquía, por el abrupto carpetazo que se dio a la indagatoria SCGD/CGI/001/99, en noviembre del 2000, apenas dos días antes que concluyera el gobierno del priista Ernesto Zedillo
Dicho expediente contiene toda la documentación, más de 7 mil pruebas, relativa al caso del espionaje gubernamental descubierto por Layda Sansores y sus simpatizantes, la noche del 3 de marzo de 1998, en un predio de la calle 63 del centro histórico de esta ciudad, donde sorprendieron en flagrancia a sus tres principales operadores Ahí se hallaron sofisticados equipos de intercepción telefónica, cintas y transcripciones de conversaciones entre políticos, empresarios, periodistas y hasta funcionarios del Cisen y jefes militares, que eran espiados; las nóminas del personal con cargo al erario público, y hasta la factura de las máquinas que fueron importadas de Israel
El resolutivo del juez Juan García Orozco, en poder de esta corresponsal, sólo recae contra el exsubprocurador de Procedimientos Penales "C", Ismael Eslava Pérez, y se basa en que éste "omitió expresar en forma razonada las circunstancias de hecho, razones particulares y causas especiales que le permitieron autorizar el no ejercicio de la acción penal por los hechos que denunció la quejosa, y que en su concepto estimó delictivos, y si bien mencionó que así lo hacía por estar de acuerdo con la fundamentación y motivación de un dictamen ministerial, también es verdad que en dicha resolución no se asentó lo manifestado en tal dictamen, y tampoco se expresaron los motivos por los que se estuvo de acuerdo con el mismo
"Aunado a ello, no obra en autos prueba alguna que demuestre que la parte quejosa haya tenido pleno conocimiento del dictamen respectivo emitido por el agente del Ministerio Público auxiliar del procurador general de la República, siendo por ello que la dejó en estado de indefensión, ya que no llegó a conocer los motivos por los que se determinó el no ejercicio de la acción penal que pretendía contra quienes figuraron como probables responsables en la citada indagatoria"
Así mismo, destaca que "el hecho de que el subprocurador responsable haya señalado estar de acuerdo con la fundamentación y motivación del dictamen, convalida la indebida motivación que afecta la resolución reclamada, máxime que es precisamente la resolución definitiva del no ejercicio de la acción penal"
Y sentencia: "Es evidente que la autoridad responsable omitió cumplir con la citada exigencia constitucional de motivar y fundar debidamente su resolución, lo cual se traduce en una violación formal a las garantías individuales de legalidad y seguridad jurídica previstas por el artículo 16 de la Carta Magna" 03/05/02