Publican reglamento de Ley de Transparencia y Acceso a Información

miércoles, 11 de junio de 2003 · 01:00
México, D F- La Secretaría de Gobernación publicó este miércoles en el Diario Oficial de la Federación, el reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental que entrará en vigor el jueves 12 de junio Dicho ordenamiento tiene por objeto reglamentar las disposiciones contenidas en la ley relativas al poder Ejecutivo Federal, sus dependencias y entidades o cualquier otro órgano de la Administración Pública Federal La publicación señala que el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública tendrá a su cargo el diseño de los procedimientos y la instalación de sistemas para que las dependencias federales reciban, procesen, tramiten y resuelvan las solicitudes en la materia Habrá, según el reglamento, una Unidad de Enlace que auxiliará a particulares en la elaboración de sus solicitudes y en su caso, orientará a los peticionario sobre las dependencias que pudieran tener la información requerida Las dependencias, por su parte, deberán notificar al Instituto el listado de los sistemas de datos personales que posean y publicarlos en sus páginas electrónicas, a más tardar, en los tres meses siguientes a la entrada en vigor del Reglamento También deberán poner a disposición del público la información -actualizada- que genere, obtenga, adquiera o transforme, mediante un sitio de Internet de acceso público general Así mismo, estarán obligadas a dar a conocer información sobre las remuneraciones de los servidores públicos, trámites y formatos fiscales, así como resultados de auditorías, programas de estímulo, apoyos y subsidios, concesiones, autorizaciones y permisos, anteproyectos de ley, entre otros Los capítulos IV, V y VI se refieren a la clasificación de la información Señalan que los titulares de las unidades administrativas y dependencias diferenciarán la información cuando se genere u obtenga, y también cuando se reciba una solicitud Luego, se clasificará en reservada y confidencial, por lo que los expedientes y documentos deberán llevar una leyenda que indique su procedencia La información confidencial, según el reglamento, no estará sujeta a plazos de vencimiento 11/06/03

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