Aprueban ley de acceso a la información en Guanajuato
* Está destinada al fracaso porque el organismo arbitral queda en manos del Ejecutivo, dice el PRD
Guanajuato, Gto , 18 de julio (apro)- Con el voto en contra de la fracción del PRD y después de dos años de haber sido presentada la primera iniciativa –antes que en cualquier parte del país-- para la transparencia y acceso a la información, este día el pleno de la LVIII Legislatura local aprobó la Ley de Acceso a la Información Pública para el estado de Guanajuato y los municipios, que regirá a los 3 poderes
De manera insistente fue planteado por los diputados de las diversas fracciones parlamentarias que esta ley –que conjuga elementos de la iniciativa de los diputados Miguel Montes y Martín Ortiz, priista e independiente, y de una presentada por el gobernador Juan Carlos Romero-- “no es perfecta”, “es la posible”, “es la que se pudo sacar en estas condiciones políticas”
Aunque para los perredistas, según expuso el diputado Antonio Rico Aguilera, “se va a aprobar una ley que deja a la discrecionalidad de los obligados a dar información, puesto que el organismo arbitral queda en manos del propio Ejecutivo”, por lo que “es una ley destinada al fracaso”
Esto en referencia a que el Instituto de Acceso a la Información Pública que será creado para garantizar el cumplimiento de este derecho ciudadano, tendrá un director general nombrado por el propio gobernador Lo más que se pudo lograr, admitió el diputado priista Miguel Montes, fue que para esta designación el Ejecutivo consulte previamente a los otros dos poderes y reciba propuestas de instituciones académicas y de los ayuntamientos
El propio Montes García esbozó las condiciones en que surge esta ley, considerada por algunos de sus compañeros de bancada como “eminentemente restrictiva”, más cercana a la ley de la materia en Jalisco y más alejada de la ley federal
Montes dijo:
“No es la ideal, es un acto político limitado por las fuerzas políticas reales, y aquí el hecho es que los gobernantes son la mayoría (la fracción parlamentaria del PAN) y se avanzó lo que a juicio de la mayoría se pudo avanzar No fue satisfactoria, pero es aceptable No nos gustó el tortuoso proceso de su dictaminación (pero) fuimos sometidos a él”
Debieron de pasar casi 2 años para que la propuesta entregada --en marzo del 2001-- al Congreso por los diputados Montes y Ortiz saliera de la congeladora En septiembre del año pasado el Ejecutivo panista envió la suya y fue cuando la mayoría panista “destrabó” el tema, y las comisiones de Justicia y Gobernación comenzaron a trabajar en el dictamen De todos modos, la opción de los diputados Montes y Ortiz de que se creara la figura de un ombudsman o procurador de la Información, no prosperó ante la propuesta del gobernador de formar un Instituto de Acceso a la Información Pública
“En el proceso, quedó establecido que la información es un bien de uso común Este solo artículo es un enorme avance Podremos habernos equivocado en la clasificación de la información; no estuvimos de acuerdo en la integración del Instituto y el nombramiento del director Pero no puedo hablar de fracasos, no soy tan pesimista”, afirmó el exfiscal del caso Colosio en su intervención en favor de la ley
El diputado panista Alfredo Ling Altamirano expuso la óptica de su partido en el proceso para sacar a la luz esta nueva ley:
“Estamos logrando un equilibrio entre el derecho a la información y la privacidad hoy se publican en todos los medios informativos, sin pudor alguno, asuntos públicos que corresponden al ámbito privado, y asuntos privados que son del orden público”
Negativa ficta
Aspectos como el establecimiento de la negativa ficta (en lugar de la afirmativa ficta prevista en la ley federal y de otros estados) así como algunos puntos de la clasificación de la información reservada y confidencial, son considerados como los elementos restrictivos de esta legislación según la opinión de diputados de oposición
De acuerdo con el artículo 43 de la ley aprobada, “la falta de respuesta a una solicitud de acceso en el plazo señalado en el artículo anterior, se entenderá resuelta en sentido negativo”, por lo que el ciudadano solicitante deberá recurrir a los mecanismos para inconformarse por ello En cambio, la ley federal prevé que la ausencia de respuesta se asume como la obligación de la autoridad requerida a proporcionar la información
La restricción para abrir la información confidencial se extiende a 14 años, dos años más que en la ley federal
A más tardar, el 10 de agosto de este año deberá estar nombrado el titular del Instituto de Acceso a la Información, organismo autónomo y descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuyo consejo estará formado por 3 personas propuestas cada una por los poderes del estado Tanto el consejo como el director general durarán en sus cargos 4 años
Entre la información reservada, se incluye a aquélla que compromete la seguridad del estado y los municipios; la que pone en riesgo la seguridad pública; la que dañe la estabilidad económica o financiera del estado o los municipios; la que lesione los procesos de negociación de los sujetos obligados en cumplimiento de su función pública y pueda ser perjudicial del interés público; la información de estudios y proyectos cuya divulgación pueda causar daños al interés del estado o de los municipios, o suponga un riesgo para su realización; así como la contenida en los expedientes y la discusión de los asuntos materia de sesión secreta del Ayuntamiento
En tanto que la información confidencial será aquélla “entregada por los particulares a los organismos obligados para la integración de censos, para efectos estadísticos u otros similares; información patrimonial que los servidores públicos declaren, salvo que autoricen su divulgación; la que ponga en riesgo la vida, integridad, patrimonio, seguridad o salud de cualquier persona o afecte directamente el ámbito de la vida privada
Se establecen sanciones que van desde el apercibimiento hasta una multa económica y la destitución del servidor público que persista en el incumplimiento de la ley, mismas que serán aplicadas por el Consejo del Instituto de Acceso a la Información
La Ley entrará en vigor a partir del cuarto día de su publicación en el Periódico Oficial del estado A partir del 31 de agosto, los particulares podrán presentar sus solicitudes para acceder a la información catalogada como pública ante los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como los 46 ayuntamientos, organismos autónomos y cualquier otra dependencia estatal o municipal