Propone el PVEM regular precampañas en Guanajuato
* Presenta en el Congreso local iniciativa de reformas y adiciones al Código Electoral del estado
* Plantea facultar a la Comisión de Fiscalización del IEE para que revise los informes y dictamine sobre su "razonabilidad"
Guanajuato, Gto , 23 de diciembre (apro)- El Partido Verde Ecologista propuso la regulación de las precampañas electorales, mediante una iniciativa de reformas y adiciones al Código Electoral Estatal que presentó ante el Congreso del estado
Este partido, que fue sancionado luego de la alianza que hizo con el PAN y que llevó a Vicente Fox a la Presidencia de la República en el 2000, pretende que el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de Guanajuato prevea obligar a los partidos políticos a presentar no solamente informes de gastos de campaña, sino también de las precampañas que efectúen quienes resultan candidatos a los cargos de elección
Por ende, propone facultar a la Comisión de Fiscalización del Instituto Electoral para que revise también dichos informes de gastos de precampaña y emita un dictamen sobre su "razonabilidad", con un plazo límite para que los partidos cumplan con esta obligación
La comisión contaría con un plazo de 60 días para revisar los informes anuales; 120 días para los informes de campaña y 45 para los de precampaña, que serían entregados a más tardar 3 meses antes de la elección
El Verde Ecologista intenta que las aportaciones en dinero que hagan los simpatizantes, ya sean personas físicas o morales, sean consideradas dentro del tope que por este concepto establece la propia Ley Electoral para un partido político durante un año electoral Y los partidos estarían obligados a notificar oficialmente al Instituto Electoral del inicio de las precampañas
Pero no sólo eso, sino que al considerar la atención del Código Electoral también a las precampañas, se plantea entonces reducir el tiempo de las campañas "lo que también ayudará a reducir los gastos" Así, una campaña para gobernador duraría 60 y no 82, mientras que las de diputados y ayuntamientos se reducirían de 60 a 40 días
Se condicionaría también a las autoridades del estado y los municipios a suspender la difusión de obras y programas públicos dentro de los 30 días anteriores a la fecha de la elección, con excepción de los programas de asistencia social o de ayuda a una comunidad como consecuencia de una emergencia o un programa de protección civil
De acuerdo con la propuesta que fue entregada a la 59 Legislatura local, se define como precampaña "el conjunto de actividades reguladas por esta ley, los estatutos y acuerdos de los partidos políticos, que de manera previa a la campaña electoral, son llevadas a cabo por los aspirantes a candidatos", en tanto que los actos de precampaña serían aquéllos que "tienen por objeto mejorar la imagen de los aspirantes a candidato, con el fin de obtener la nominación como candidato del partido político para contender en una elección constitucional", sean asambleas, reuniones públicas o privadas, debates, entrevistas, visitas domiciliarias u otras
Quedaría prohibido a cualquier servidor público disponer o hacer uso de recursos, mobiliario y personal a su cargo, así como del tiempo correspondiente a su jornada laboral, para efectuar proselitismo en favor de cualquier precandidato, además de que en caso de que pretenda ser precandidato, el funcionario deberá separarse de su cargo durante el tiempo en que dure el proceso de elección