Otorgan amparo a magistrada de Colima

viernes, 11 de junio de 2004 · 01:00
* Ruiz Visfocri encara un juicio político promovido por el Congreso local Colima, Col , 10 de junio (apro)- El juzgado primero de distrito de esta ciudad concedió a la presidenta del Tribunal Electoral del Estado (TEE), María Elena Adriana Ruiz Visfocri, la suspensión definitiva en el juicio de amparo promovido contra la Comisión de Responsabilidades del Congreso local Y es que desde el 5 de diciembre de 2003, la comisión legislativa inició un juicio político en contra de la titular del organismo electoral, tras una demanda presentada en su contra por Gustavo Mérida Jacobo, hijo del dirigente estatal del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Gustavo Mérida Ramírez, actual director de Ecología Según la demanda, Mérida Jacobo acusó a Ruiz Visfocri de actuar de forma dolosa en un recurso de revisión presentado por su partido; de haber instalado el TEE el 9 de diciembre de 2002, violando el artículo 322 del Código; de haber cometido peculado; de no convocar a los demás miembros del tribunal; de despilfarrar fondos públicos; de no excusarse de conocer asuntos en los que medie el interés personal, y de no haber rendido el informe anual En su resolución emitida dentro del expediente 143/2004-1, fechada el 8 de junio, el secretario en funciones de juez de distrito, José Ochoa Alcaraz, ordenó a la Comisión de Responsabilidades del Congreso local abstenerse de dictar la resolución definitiva hasta que se notifique a las responsables la sentencia del juicio de amparo y ésta cause ejecutoria La magistrada adujo ante el juzgado que la Comisión de Responsabilidades cometió una “violación flagrante” a sus garantías, al no haberle notificado dentro del tercer día natural de la ratificación de la denuncia de juicio político presentada en su contra, lo que a su juicio vicia de origen el procedimiento El 21 de mayo de 2004 el juzgado le otorgó la suspensión provisional a Ruiz Visfocri, y se fijó la fecha para la celebración de la audiencia incidental, que se realizó posteriormente En el primer considerando de su diligencia del 8 de junio, el juzgado determinó que “son ciertos los actos reclamados a las autoridades responsables, por así desprenderse de su informe” Consideró que procede negar a la quejosa la medida cautelar relacionada con los actos reclamados, como la notificación practicada después del tercer día natural de la ratificación de la denuncia de juicio político, la resolución que declara procedente la denuncia de juicio político y la notificación de la resolución, porque “dichos actos tienen el carácter de consumados, en contra de los cuales resulta improcedente otorgar la suspensión, pues equivaldría a darle efectos restitutorios, los cuales son propios de la sentencia que en el amparo se pronuncie” En cambio, “a fin de evitar que se causen daños de perjuicios de difícil reparación a la quejosa, se concede a Ruiz Visfocri la suspensión definitiva solicitada para el efecto de que la Comisión de Responsabilidades de la LIV local continúe con la tramitación del procedimiento del juicio político (), pero debe abstenerse de dictar la resolución definitiva hasta que se notifique a las responsables la sentencia que se dicte en el expediente principal del que deriva este incidente y cause ejecutoria” En entrevista, la presidenta del TEE se mostró confiada en que ganará el juicio de amparo, pues aseveró que cuenta con todas las pruebas de que las acusaciones son falsas Ruiz Visfocri indicó que la denuncia de juicio político en su contra constituye una “represalia política” y obedece a que no cedió a las presiones del PRI para que avalara las irregularidades cometidas en la elección extraordinaria de gobernador

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