Aprueban Ley de Protección de los Adultos en Plenitud, en Colima

jueves, 26 de agosto de 2004 · 01:00
* Se entregará una ayuda económica a las personas con 65 años o más de edad Colima, Col , 25 de agosto (apro)- Por unanimidad, el Congreso local aprobó hoy la Ley para la Protección de los Adultos en Plenitud, en la que se prevé, entre otras acciones, la entrega de una ayuda económica --no menor a medio salario mínimo diario-- a las personas de 65 años de edad o más que no perciban ingresos por pensión o jubilación, y que se encuentren en situación de abandono El dictamen fue elaborado con base en cuatro iniciativas presentadas en diferentes momentos de los últimos diez meses por diputados de los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Revolucionario Institucional (PRI), así como del gobernador del estado Entre los aspectos fundamentales de la ley aprobada por los legisladores, se dispone la creación del Instituto para la Atención de los Adultos en Plenitud, como un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión De acuerdo con la ley, este nuevo organismo –que contará en su máximo órgano de gobierno con representantes de la sociedad civil-- se encargará de coordinar todas las acciones públicas en favor de este sector, así como promover, vigilar y evaluar las estrategias y los programas desplegados en el marco de las políticas públicas Según el dictamen, a partir de la aprobación de este ordenamiento, se garantizará la protección a la integridad y dignidad de las personas de la tercera edad; los derechos a tener un mejor nivel de vida, a vivir en lugares decorosos, a ser sujetos de programas de apoyo económico, a recibir una pensión, protección contra cualquier forma de explotación, a ser beneficiarios de descuentos en el transporte público y a que se les apoye para tener acceso a una casa hogar, entre otros Así también, se establece como un deber de la sociedad el que el adulto en plenitud no sea objeto de discriminación en ningún espacio público o privado por razón de su edad, género, estado físico, creencia religiosa o condición social Respecto de las familias, se reafirma la responsabilidad de sus miembros de velar por el bienestar de los adultos en plenitud, proporcionándoles lo necesario para su atención y desarrollo integral, evitando actos de discriminación, explotación, aislamiento o violencia Otro de los elementos considerados es el derecho de las instituciones de asistencia social y privadas encargadas de la atención a adultos en plenitud, de recibir subsidios como servicios de apoyo económicos, así como descuentos y exenciones en el pago de contribuciones para la compra de productos básicos Como una novedad, se prevé la posibilidad de imponer sanciones por infracciones a la ley, tanto a servidores públicos como a funcionarios, que van desde la amonestación pública o privada, hasta el arresto, multa, suspensión de servicios y revocación de concesiones otorgadas

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