Inhabilita Congreso de Colima a ocho exregidores

miércoles, 15 de junio de 2005 · 01:00
* Determina que usurparon funciones propias del Legislativo * No podrán ocupar durante siete años cargo, empleo o comisión en el servicio público estatal Colima, Col , 14 de junio (apro)- Con el voto de los 14 diputados del PRI y uno del PRD, el Congreso del estado aprobó hoy la inhabilitación de ocho exregidores del Ayuntamiento de Colima --siete de ellos miembros del PAN y uno de ellos independiente--, acusados de haber usurpado funciones al suspender de su cargo varias veces al entonces síndico municipal Marco Antonio García Toro Durante la sesión legislativa, los ocho diputados de la fracción panista votaron en contra del dictamen, en tanto que dos diputados ?uno del PRD y una de la Asociación por la Democracia Colimense-- se abstuvieron De acuerdo con la sanción, los exregidores no podrán ocupar durante un plazo de siete años cargo, empleo o comisión en el servicio público del estado, los municipios o sus organismos descentralizados, contados a partir de que se imponga la sanción por el Supremo Tribunal de Justicia del estado El juicio político se inició en mayo de 2002, luego de que el entonces representante del PRI ante el Instituto Electoral del estado y actual director de Transporte del gobierno estatal, Fidel Alcaraz Checa, interpuso una denuncia popular en contra de los entonces regidores panistas Julián Fajardo Venancio, Raymundo González Saldaña, María Esther Ochoa Espíritu, Gonzalo Méndez Ortega, Roberto Huerta Duarte, María Teresa Márquez Gómez y María del Rocío Sandoval Mendoza, así como del regidor independiente Joaquín Álvarez Neri La Comisión de Responsabilidades del Congreso, luego de un prolongado proceso de comparecencias, determinó que los denunciados, en su calidad de servidores públicos, obraron de manera incorrecta al proponer y decidir en la sesión de Cabildo del fecha 30 de abril de 2002 la suspensión de sus funciones del síndico municipal Marco Antonio García Toro, con lo que se arrogaron una facultad que no tienen, pues ésta corresponde al Poder Legislativo En su defensa, los exregidores argumentaron que la Ley del Municipio Libre del estado de Colima, en su artículo 132, faculta al Ayuntamiento para aplicar procedimientos, sanciones y recursos administrativos de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos Sin embargo, la Comisión de Responsabilidades concluyó que los acusados atentaron contra la voluntad popular al suspender indebidamente de sus funciones a un funcionario electo por la población para ocupar el cargo de síndico "Dejar pasar un hecho como el presente ?argumentó la Comisión-- en el que un grupo de munícipes se arroguen la facultad de suspender de sus funciones a otro de los integrantes del Cabildo al que pertenecen, es permitir que se burle la voluntad soberana del pueblo, bajo argumentaciones legaloides como la de decidir que el Cabildo es el superior jerárquico"

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