México, DF, 28 de diciembre (apro-cimac) - Con 48 votos a favor, cero en contra y una abstención, la Asamblea Legislativa (ALDF) aprobó la Ley de Justicia para Adolescentes del Distrito Federal, aplicable para mayores de 12 y menores de 18 años acusados de cometer algún delito, sin que se equipare con la acción penal que se aplica a un adulto
Esta ley ofrece a los adolescentes infractores respeto a sus garantías individuales de igualdad, libertad, propiedad, legalidad del debido proceso, presunción de inocencia y seguridad jurídica
Esta ley garantiza al adolescente infractor que será tratado con dignidad y respeto, no ser retenido por un juez más de 72 horas, avisar inmediatamente de su situación a sus padres o tutor; informársele en forma clara y sin demora sobre la causa de su detención, así como la autoridad que la ordenó, y no ser obligado a declararse culpable, entre otros
Define también que la privación de la libertad se aplicará como último recurso cuando la infracción sea grave, y únicamente a quienes sean mayores de 14 años y menores de 18, por el tiempo más breve posible que permita su rehabilitación social; además, deberán ser internados en lugares especializados y separados por edad y sexo, y sobre todo en recintos distintos a los de los adultos infractores
Entre las medidas de protección previstas, destaca la posibilidad que tendrán los adolescentes infractores de prestar servicios de interés general en favor de la comunidad, mismos que realizarán de manera gratuita en entidades públicas o privadas, hospitales, escuelas u otros
Se prevé, además, la creación de las salas y juzgados especializados en justicia para adolescentes, para lo cual se otorgan facultades al jefe del Gobierno del Distrito Federal (GDF) para que destine las partidas presupuestarias necesarias a fin de que, antes de concluir el 2007, se cuente con los recursos humanos y la infraestructura indispensables para aplicar la normatividad
Actualmente el tema de justicia de menores se encuentra en una etapa de transición, después que en diciembre del 2005 se reformó el artículo 18 constitucional, mismo que marca los lineamientos que cada entidad deberá seguir para implantar un nuevo sistema de justicia para adolescentes
La reforma al 18 constitucional puntualiza que quienes tengan entre 12 años cumplidos y menos de 18, y si tienen responsabilidad por las acciones que cometen, pueden ser sujetos de una sanción por parte del Estado, sin que ello implique equipararlo con la acción propiamente penal que se aplica a un adulto