Ordena el TEPJF al "Doctor Simi" suspender spots de campaña electoral

viernes, 31 de marzo de 2006 · 01:00
* Este tipo de anuncios es un derecho exclusivo de los partidos, argumenta el Tribunal México, D F, 30 de marzo (apro)- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al empresario Víctor González Torres alias "Doctor Simi" que suspenda la transmisión de spots en los que promueve su candidatura ciudadana a la Presidencia de la República En su resolución, argumentó que ese tipo de anuncios es un derecho exclusivo de los partidos políticos González Torres empezó a comprar espacios en radio y televisión para promover su candidatura ciudadana luego de que el Instituto Federal Electoral (IFE) le negara el registro como aspirante del Partido Alternativa Socialdemócrata y Campesina (PASC) y ratificara a Patricia Mercado como candidata de dicho instituto La sala superior del TEPJF aprobó el proyecto de dictamen presentado por el magistrado presidente Leonel Castillo González, cuya sentencia "confirma el auto de la autoridad responsable --el IFE--, por el cual dio respuesta a la consulta respecto a que un ciudadano no puede contratar propaganda electoral en medios electrónicos de comunicación" En contraparte, el TEPJF dejó la puerta abierta para que González Torres insista ante el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) sobre la posibilidad de su candidatura independiente En su oportunidad, el director ejecutivo de Prerrogativas a Partidos Políticos, Fernando Agiss, dio respuesta a las inquietudes del empresario para llamar a la población a votar por él en el espacio en blanco de la boleta electoral no tenía personalidad jurídica para contestar Víctor González Torres buscó ser candidato a la Presidencia de la República por el Partido Alternativa Socialdemócrata y Campesina Sin embargo, perdió ante la candidata Patricia Mercado Castro, por lo que inició una campaña independiente con spots en radio y televisión e hizo un llamado a sus simpatizantes para que votaran a su favor en el espacio en blanco en la boleta electoral Luego, dirigió una carta al director ejecutivo de Prerrogativas a Partidos Políticos, Fernando Agiss, siendo ésta sólo una consulta para conocer los efectos jurídicos de sus actos El magistrado Leonel Castillo propuso al pleno de la sala superior la improcedencia de los actos, ya que las acciones declarativas deben ser actos que den certeza y que la respuesta del director de Prerrogativas no son acciones declarativas, en virtud de que al funcionario que las emitió no le competen En lo que sí es competente esa dirección es en dar respuesta sobre la consulta de contratación de espacios de publicidad en radio y televisión, tema en que el director de Prerrogativas sí tiene fuerza para provocar incertidumbre En ese sentido, se ratificó la respuesta emitida por ese funcionario, cuya contestación a González Torres fue que el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales dice que es prerrogativa exclusiva de los partidos políticos que éstos sean los contratantes de espacios en radio y televisión Ello, porque siendo derecho exclusivo de los partidos la contratación "esta sala no se encuentra en condición de desaplicar conceptos de ley", sostuvo el magistrado en su ponencia

Comentarios