Anuncia Hacienda beneficios fiscales a contribuyentes damnificados en Tabasco

martes, 4 de diciembre de 2007 · 01:00
México, D F, 3 de diciembre (apro)- Con el fin de contribuir a la rehabilitación y reconstrucción de la planta productiva en las zonas afectadas por el desbordamiento de ríos en el estado de Tabasco, la Secretaría de Hacienda promulgó un decreto, por medio del cual, a partir de mañana, se otorgarán beneficios fiscales en materia de aportaciones de seguridad social a contribuyentes damnificados de 17 municipios Publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto establece que se exime a los patrones, sujetos obligados y trabajadores, cuyos centros de trabajo o cualquier otro establecimiento ubicado en las zonas afectadas de Tabasco de la determinación, retención y entero de las cuotas obrero patronales a su cargo, establecidas en la Ley del Seguro Social Puntualiza el decreto que dicho beneficio abarcará los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2007 y de enero de 2008, únicamente por aquellos trabajadores asegurados al 29 de octubre de 2007, que presten sus servicios en dichos centros de trabajo El núcleo de beneficiarios se circunscribe también a los siguientes municipios: Balancán, Cárdenas, Centla, Centro, Comalcalco, Cunduacán, Emiliano Zapata, Huimanguillo, Jalapa, Jalpa de Méndez, Jonuta, Macuspana, Nacajuca, Paraíso, Tacotalpa, Teapa y Tenosique De las cuotas obrero patronales del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, correspondientes a los bimestres quinto y sexto de 2007, el decreto aclara que los contribuyentes antes mencionados podrán diferir el pago hasta febrero de 2008 Establece, además, beneficios para los contribuyentes de las zonas afectadas que, con anterioridad al 30 de septiembre de 2007, cuenten con autorización para efectuar el pago de las cuotas obrero patronales en parcialidades Precisa que podrán suspender los pagos correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2007 y enero de 2008, para reanudarlos en febrero de 2008 Las parcialidades subsecuentes se recorrerán sin que se deban pagar recargos por prórroga o mora Agrega que, cuando se dejen de pagar tres parcialidades, sucesivas o no, se considerará revocado este beneficio y el IMSS exigirá el pago de la totalidad de las cantidades adeudadas, con la actualización y los recargos que correspondan conforme al Código Fiscal de la Federación El decreto exime a los patrones, sujetos obligados y trabajadores del pago de los accesorios que se generen de noviembre de 2007 a enero de 2008, de las cuotas obrero patronales y capitales constitutivos causados hasta el 30 de septiembre de 2007 Anuncia, asimismo, que se suspenderán las visitas domiciliarias y las revisiones de gabinete que hasta el día de hoy estén en desarrollo por parte del IMSS en los domicilios o establecimientos ubicados en las zonas afectadas, hasta en tanto el instituto publique en el DOF el aviso para su continuación

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