Congreso de Veracruz aprueba la Ley de Transparencia

jueves, 1 de febrero de 2007 · 01:00
Jalapa, Ver , 31 de enero (apro)- Después de más de año, con algunas adecuaciones y tras la reglamentación del artículo 6 constitucional, el Congreso del estado aprobó por unanimidad la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, presentada por el gobernador Fidel Herrera Beltrán en diciembre de 2005 Los objetivos de esta ley serán "promover la máxima publicidad de los actos de los sujetos obligados, la rendición de cuentas de los servidores públicos hacia la sociedad y la transparencia en la gestión pública para que toda persona pueda tener acceso a la información de manera expedita y gratuita" El acceso a la información pública será exigible y se garantizará a través de un órgano autónomo, encargado de promover y difundir el ejercicio de este derecho y resolver sobre la negativa total o parcial a las solicitudes planteadas por los ciudadanos Con esta ley, cuyo dictamen no generó mayor discusión, sólo cambios planteados por el perredista Atanasio García Durán, que fueron rechazados, se crea el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) y que fue el tema de mayor controversia entre los grupos legislativos antes de su aprobación En este sentido, se clasificó a la información generada, administrada o en posesión de los sujetos obligados como "un bien público", al que toda persona tiene derecho a obtener, con excepción a lo señalado por la ley, como es el caso de los datos personales y los de carácter íntimo Los sujetos obligados a esta ley son el Poder Ejecutivo, sus dependencias y entidades paraestatales; el Legislativo, sus comisiones y órganos administrativos, y aquellos que de manera individual o por grupos legislativos establezcan los diputados locales; el Judicial y sus órganos jurisdiccionales y administrativos También quedan sujetos a ley los ayuntamientos o concejos municipales; las entidades paramunicipales; los organismos autónomos del estado y los que adquieran tal carácter por mandato de ley; los partidos políticos, las agrupaciones y asociaciones políticas con registro en el estado; las organizaciones de la sociedad civil que reciban recursos públicos Para ello, quedan obligados a hacer transparente su gestión mediante la difusión de la información pública que conserven, resguarden o generen; facilitar a los particulares el acceso a la información contenida en la rendición de cuentas, una vez cumplidas las formalidades establecidas en la ley En torno al IVAI, se establece que éste será un organismo autónomo del estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, encargado de garantizar y tutelar el ejercicio del derecho de acceso a la información y proteger los datos estrictamente personales, conforme a lo dispuesto en la constitución local El IVAI funcionará de manera colegiada, a través de un Consejo General que tendrá atribuciones para vigilar el cumplimiento de esta ley, dirigir las labores del Instituto y resolver los asuntos de su competencia, aprobar y evaluar sus programas y dictar medidas para favorecer el mejor conocimiento, uso y aprovechamiento de la información pública El Consejo General del IVAI, estará integrado por tres consejeros que durarán en el cargo seis años improrrogables, los cuales serán electos por el pleno del Congreso local, con el voto de las dos terceras partes, previo a ello el gobernador estatal deberá emitir una convocatoria pública para el registro de aspirantes Las propuestas deberán ser presentadas por instituciones y organizaciones académicas, profesionales, gremiales, sociales y civiles legalmente establecidas o por cualquier persona interesada en participar en la convocatoria que establecerá un procedimiento democrático de consulta pública que legitime la selección de candidatos

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