En riesgo, vigencia de la ley electoral de NL

viernes, 1 de agosto de 2008 · 01:00
MONTERREY, N L, 31 de julio (apro)- Las reformas a la Ley Electoral de Nuevo León que aparecen publicadas este jueves 31 de julio en el Periódico Oficial del estado contienen una laguna jurídica que compromete su vigencia, alertó hoy el diputado local panista, Gregorio Hurtado Leija Y es que, en ausencia del gobernador Natividad González Parás, quien se encuentra en Italia, el Oficial Mayor del gobierno, Alfredo Garza de la Garza firmó el decretó y ordenó su publicación en el Periódico Oficial, aparentemente sin contar con atribuciones legales para hacerlo Según el legislador, el problema es que el nombramiento de Garza de la Garza como encargado de despacho no fue publicado con la firma del gobernador en el Periódico Oficial para que el cargo sea oficial Hurtado Leija dijo que buscó en las ediciones pasadas de la gaceta estatal y no encontró en ninguna la publicación del ordenamiento que le da a Garza de la Garza el poder de firmar documentos oficiales como encargado del despacho de la gubernatura El problema mayor que enfrentaría esta ley electoral, que fue aprobada el miércoles por la mañana por el Congreso del estado, es que necesita ser debidamente validada antes de la media noche de este 1 de agosto, fecha límite para que pueda regir en las elecciones locales del 2009 El reportero buscó por teléfono en su oficina a Alfredo Garza de la Garza, pero su secretaria argumentó que se encontraba en una junta y que se reportaría "mañana" "Al parecer, hay una situación anómala en el sentido de que el contador Alfredo Garza de la Garza tiene que haber acordado con el Ejecutivo la validez de sus acciones, y para que surta efectos ese encargo o despacho del Ejecutivo, debe de publicarse en el periódico oficial del Estado", explicó Hurtado Al no haberse publicado el nombramiento de Garza de la Garza como encargado del despacho, la duda sobre su legitimidad persiste, dijo el legislador panista "No hemos encontrado en periódicos oficiales anteriores a la publicación de ese acuerdo del Ejecutivo mediante el cual designan como encargado del despacho al contador Alfredo Garza de la Garza Si esto resulta ser así, tenemos una situación completamente anómala, en lo que se refiere a esta publicación del Periódico Oficial del estado en lo que respecta a la ley electoral", explicó El panista afirmó que cuando el gobernador está ausente y hay una situación relevante e impostergable, debe dejar a una persona responsable que cumpla sus funciones, al menos las de trámite, pero aclaró que para ello el propio Ejecutivo debe de firmar un acuerdo mediante el cuál designe a esa persona como encargada "Pero para que ese acuerdo surta validez, debe de ser publicado en el Periódico Oficial del estado en los términos de la propia Ley del Periódico Oficial Si esto no se realiza, carece de la validez legal suficiente para poder ejercer las atribuciones como encargado del despacho "En este caso existe la duda porque no encontramos en los periódicos oficiales anteriores al día de hoy el acuerdo que, seguramente, lo tienen El Ejecutivo, en ningún momento, y de eso tenemos la certeza, no va a ausentarse del estado si no deja un encargado y deja firmado un acuerdo respectivo, sin embargo debe publicarse ese acuerdo, y esa es la duda que tenemos", señaló "Es decir, tenemos un riesgo claro y evidente de la validez de esa publicación", precisó Además de la invalidez de las leyes publicadas en el Periódico Oficial, Garza de la Garza podría haber incurrido en un delito: "Otro problema, desde luego, es que si una persona firma, como encargado del despacho del Ejecutivo y ordena la publicación de un decreto o ley y no tiene atribuciones para hacerlo, puede incurrir en un acto que no le corresponde Habría que analizar si este es el caso" Finalmente, alertó sobre las implicaciones que tendría esta anomalía, pues la reforma electoral recientemente aprobada en una maratónica sesión que inició el martes pasado por la noche y terminó el miércoles en la mañana, debe ser ley a partir del 11 de agosto El artículo 73 de la Ley Electoral de Nuevo León señala que se abrirá el período ordinario el 1 de noviembre del año anterior a los comicios, fecha en la que inicia el proceso electoral La ley que rige a las elecciones debe de ser promulgada 90 días antes de que inicie el proceso Esta fecha vence el 1 de agosto a la media noche "Tenemos un problema real, si esto es así, en virtud de que el último día para hacer publicaciones es el día primero (de agosto), antes del día dos de agosto del año anterior a la elección, debe de estar publicada la ley ya vigente Entonces tendríamos solamente el día de mañana (viernes) a más tardar, para que salga publicada en los términos correctos para que pueda tener validez", apuntó

Comentarios