Aprueban en Veracruz ley para combatir la trata de personas
JALAPA, Ver., 27 de octubre (apro).- El Congreso del estado aprobó una iniciativa que tipifica la trata de personas en Veracruz como delito grave e impone sanciobnes de 10 a 20 años de prisión, y multas de hasta 500 veces el salrio mínimo.
Por unanimidad, en sesión extraordinaria, el pleno legislativo aprobó la Ley para Prevenir, Atender, Combatir, Sancionar y Erradicar la Trata de Personas, cuyas penas se incrementarán a 30 años, si los responsables de cometer dicho delitos son servidores públicos.
En la iniciativa de ley, propuesta por el entonces diputado federal priista Javier Duarte de Ochoa, quien apenas el martes pasado fue ratificado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) gobernador elector de Veracruz, se plantean diversas sanciones para este tipo de delitos.
En el texto aprobado, se señala que se impondrán de 10 a 30 años de cárcel y multas de hasta mil días de salario mínimo si el ilícito es cometido en contra de una persona menor de 18 años de edad o mayor de 60, contra personas que no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo.
De esta manera, se precisa que cometerá el delito de trata de personas quien induzca, procure, promueva, facilite, reclute, mantenga, capte, ofrezca, solicite, consiga, traslade, entregue o reciba para sí o para un tercero a una persona por medio de la violencia física o moral.
Además, que la prive de la libertad, la retenga con engaños, utilice abuso del poder o por una situación de vulnerabilidad o de la concesión o recepción de pagos o beneficios, para someterla a la prostitución u otras formas de explotación sexual, trabajos de servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, mendicidad, servidumbre, o la extirpación de órganos, tejidos o sus componentes.
En la iniciativa aprobada por los diputados locales, se menciona también que si el agente se valiese de la función pública que tuviere o hubiese ostentando sin tener la calidad de servidor público, las penas que resultasen de la referida ley se incrementarán hasta en una mitad.
En este caso, se precisa que al servidor público se le destituirá del empleo, cargo o comisión públicos, y será inhabilitado para desempeñar otro, hasta por 15 años.
Por otra parte, se subraya que cuando el sujeto activo del delito tenga parentesco con la víctima o habite el mismo domicilio, sea tutor o curador de la misma, según la circunstancia del hecho, podrá perder la potestad, la guarda y custodia o régimen de convivencia o visita, el derecho a recibir alimentos que le correspondiera por su relación con la víctima.
También, se establece que cuando el sujeto activo del delito se desempeñe un ministerio religioso, una profesión o empleo que le hubiesen permitido utilizar los medios o circunstancias que ello le proporcionaba para ejercer presión o intimidación sobre la víctima, será sujeto a dichas sanciones.
Esta ley tiene por objeto la prevención, atención, combate, sanción y erradicación de la trata de personas, con especial atención a las mujeres y niños, así como la protección, atención integral y asistencia a las víctimas de trata residentes o trasladadas a territorio estatal, con el fin de garantizarles el respeto al libre desarrollo de su personalidad y respeto a sus derechos.
Según el dictamen aprobado, se busca prevenir de cualquier abuso y explotación sexual infantil con fines comerciales y asistencia a las víctimas de dichas conductas en la entidad, y se promueve la atención integral médica, psicológica y jurídica necesaria de carácter gratuito, especializada, multidisciplinaria y el ejercicio de sus derechos humanos.
También, se establecen acciones para diseñar los diagnósticos sobre la problemática de la trata de personas en Veracruz y difundir la información necesaria a fin de identificar las conductas previstas en esta ley, entre otros aspectos.