Exigen a Calderón atender quejas de ambientalistas en Colima

miércoles, 25 de agosto de 2010 · 01:00

COLIMA, Col., 25 de agosto (apro).- El secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) de América del Norte fijó un plazo de 30 días para que el gobierno del presidente Felipe Calderón atienda quejas de ambientalistas en contra de dos proyectos energéticos desarrollados en las costas de Colima.
Esta decisión fue tomada por el organismo trinacional --integrado por representantes de Estados Unidos, Canadá y México--, luego de revisar una petición del grupo ambientalista Bios Iguana, que se quejó sobre ilegalidades en la aprobación de la construcción de una terminal y una planta regasificadoras.
Ambos proyectos, según los ambientalistas, afectarán el flujo hidrológico, así como la flora y la fauna de la zona de la laguna de Cuyutlán, ubicada en el estado de Colima.
Bios Iguana también denunció que la modificación de los programas de ordenamiento ecológico del territorio y desarrollo urbano de esa región se hizo en violación de la legislación ambiental de México.
Según el oficio A14/SEM/09-002/58/DET14 enviado por la CCA al gobierno mexicano, la petición del grupo Bios Iguana, representado por Gabriel Martínez Campos y Esperanza Salazar Zenil, cumple con los requisitos del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN).
Así mismo, el documento señala que, tomando en cuenta los criterios establecidos en el artículo 14 del ACAAN, el secretariado determinó que la petición amerita una respuesta del gobierno mexicano “a las aseveraciones de los peticionarios, relativas a la supuesta falta de aplicación efectiva de una serie de artículos de ordenamientos de la materia, durante la aprobación de las manifestaciones de impacto ambiental de cada uno de los proyectos”.
Respecto de la presunta modificación ilegal del Programa Regional de Ordenamiento Ecológico, el grupo quejoso señaló que el 24 de mayo de 2007 se inició ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Colima un juicio de nulidad en contra del decreto, pero el recurso fue sobreseído dos años y cuatro meses más tarde.
También narró que el 4 de junio de 2007 se presentó una denuncia penal por la supuesta ilegalidad en la modificación de ese programa ante la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), sin que ésta le haya dado seguimiento.
Y sobre la supuesta ilegalidad de la autorización de impacto ambiental del Proyecto de Gas LP Manzanillo, en la NOM-022 y la NOM-059, así como la presunta incompatibilidad de éste con el Programa Regional de Ordenamiento Ecológico, los denunciantes señalaron que el 3 de agosto de 2006 interpusieron ante la Secretaría del Medio Ambiente (Semarnat) un recurso de revisión, el cual se resolvió a favor de la autoridad el 10 de junio de 2009.
En tanto, Bios Iguana solicitó, el 11 de octubre de 2005, la intervención de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), y la Semarnat respondió, el 9 de diciembre de ese mismo año, que ya se habían llevado a cabo las consideraciones ambientales y jurídicas relevantes en la autorización del proyecto de gas L en Manzanillo.
Y en lo que se refiere a la presunta ilegalidad en la autorización de impacto ambiental del proyecto, en relación con el artículo 60 de la Ley General de Vida Silvestre, la NOM-022 y la NOM-059, los peticionarios informaron a la CCA que el 26 de marzo de 2008 se interpuso un recurso de revisión, resuelto el 24 de marzo de 2009 en que se ratificaba el aval ambiental.
La determinación de la CCA fue notificada al gobierno mexicano y los ambientalistas el 13 de agosto, por lo que el plazo para la respuesta empezó a correr a partir del siguiente día y concluirá el próximo 14 de septiembre.
Según la normatividad de la CCA, las autoridades mexicanas tienen la posibilidad de solicitar una ampliación de 60 días para responder, pero sólo en caso de circunstancias excepcionales.
Aunque la Comisión de Cooperación Ambiental no tiene facultades para emitir resoluciones de obligatorio cumplimiento ni para emitir recomendaciones a los gobiernos, sí tiene la posibilidad de abrir un expediente de hechos, de acuerdo con la respuesta que ofrezcan las autoridades demandas.

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