Busca Duarte derogar reelección en el IEV y adelgazar Congreso

miércoles, 18 de enero de 2012 · 20:45
XALAPA, Ver. (apro).- El gobernador Javier Duarte envió al Congreso local dos iniciativas de reforma, una para derogar la reelección del presidente del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano (IEV) y otra para reducir a 50 el número de diputados que integren el Congreso. En su propuesta, que fue turnada a comisiones para su análisis y dictamen, Duarte plantea que el presidente del Consejo General del IEV permanezca en el cargo seis años, sin posibilidad de reelegirse, y que los consejeros electorales duren cuatro años, con la opción de ser designados para un segundo periodo. Los integrantes del órgano electoral serían renovados en forma escalonada por el voto de las dos terceras partes de los integrantes del Congreso local, a propuesta de los partidos políticos representados en el mismo, con lo que se suprimiría la consulta pública que estable la actual legislación. Además, el IEV sería la autoridad competente para calificar la elección a gobernador y no el Tribunal Electoral, como actualmente sucede. En la gaceta oficial se expresa: “Actualmente la legislación electoral del estado de Veracruz, sin una razón sustentada, establece que la calificación de la elección de gobernador se realizará por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado, mediante el dictamen que se emita por ese órgano jurisdiccional, facultad que además se ejerce sin que exista un plazo determinado para ello. Se propone en la presente iniciativa modificar esta atribución, para que de forma cierta sea el Instituto Electoral Veracruzano la autoridad competente para calificar en una fase administrativa la elección referida”. Añade que el Consejo General se integrará por un presidente consejero y cuatro consejeros electorales, con derecho a voz y voto en las sesiones del Consejo General, y los representantes por cada uno de los partidos políticos con registro nacional o estatal, con derecho a voz pero sin voto en las sesiones del Consejo General. La otra iniciativa que envió el gobernador al Congreso es para reformar los artículos 21, 56 y 67 de la Constitución Política local, donde se subraya la necesidad de reducir el número máximo de diputados que pueden integrar el Congreso, que actualmente es de 60, a la cantidad fija de 50, y se establecería con toda precisión que 30 de ellos se eligen por mayoría en distritos uninominales y 20 por el principio de representación proporcional en una sola circunscripción plurinominal estatal. Para la elección de diputados de representación proporcional, establece restricciones al plantear que para obtener el registro de sus listas, los partidos políticos deberán acreditar que participan con candidatos a diputados por mayoría relativa en por lo menos 20 de los distritos uninominales. “Todo partido político que alcance por lo menos 2% del total de la votación estatal emitida para las listas, tendrá derecho a que le sean atribuidos diputados por el principio de representación proporcional”, precisa el documento. Asimismo, menciona que ningún partido político podrá contar con más de 30 diputados por ambos principios y que representen un porcentaje total que exceda en 16 puntos su porcentaje de votación estatal emitida. No obstante, aclara  que esta base “no se aplicara al partido político que, por sus triunfos en distritos uninominales, obtenga un porcentaje de curules del total del Congreso, superior a la suma del porcentaje de su votación estatal emitida, más 16%”. Añade: “Las diputaciones de representación proporcional que resten después de asignar las que corresponden al partido político que tenga 30 curules o que exceda en 16 puntos a su porcentaje de votación estatal emitida, se adjudicarán a los demás partidos con derecho a ello, en proporción directa con las respectivas votaciones estatales efectivas de los últimos años”. Actualmente la ley establece que cuando el Congreso se integre por menos de 50 diputados, “no podrán asignarse al partido mayoritario más de cuatro diputados por el principio de representación proporcional, y en caso de que éste se integre por 50 o más diputados, el partido mayoritario no podrá tener más de cinco curules por este mismo principio”. En su exposición de motivos, el mandatario estatal recordó que en cuanto a la configuración de las instituciones políticas del estado, los procesos electorales de 2004 y de 2010 “evidenciaron un defecto en la redacción constitucional relativa a la integración del Congreso, consistente en la indefinición de lo que debe considerarse ‘partido mayoritario’, en relación con la limitante que se impone a éste en el artículo 21 de no poder contar con más de cinco diputados de representación proporcional cuando dicho órgano legislativo se integra con un número de entre 50 y 60 diputados”.

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