Revocan candidatura de empresario radiofónico en Oaxaca

jueves, 3 de mayo de 2012 · 22:30
OAXACA, Oax. (apro).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la candidatura del empresario radiofónico Humberto López Lena Cruz, aspirante al Senado por el Movimiento Progresista, debido a que el PRD presuntamente falsificó firmas y documentos para registrarlo ante el Instituto Federal Electoral (IFE). Es por ello que la Sala Regional del TEPJF con sede en Xalapa, Veracruz, ordenó al Consejo General del IFE que deje sin efecto la candidatura de López Lena Cruz y se reconozca a Adolfo Romero Lainas y a Mariano Vicente Castillo como propietario y suplente de la segunda fórmula de candidatos al Senado por el Movimiento Progresista. Al conocer la resolución del TEPJF, el empresario hizo pública su renuncia a una candidatura que ya no tenía, alegando dignidad, sin embargo, fue resultado de un juicio promovido por Adolfo Romero Lainas. Fue el miércoles pasado cuando el TEPJF dio a conocer su fallo, razón por la que el expriista y exconvergente López Lena decidió “retirarse” de la candidatura, no sin antes acusar a las “tribus” perredistas al servicio del gobierno del estado de estar detrás de la revocación. Se justificó que “Rosendo Serrano fue quien registró al regidor tuxtepecano Adolfo Romero Lainas, y Amador Jara y Rey Morales apoyaron la impugnación para beneficiar a Diódoro Carrasco, a través de Jorge Franco, para que gane el ‘delfín’ azul”. Lo cierto es que el Tribunal ordenó al Consejo del IFE para que dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de la ejecutoria realice las inscripciones, los comunicados y la publicación que en derecho procedan respecto del registro de Adolfo Romero Lainas. Según el juicio SX-JDC-1037/2012 para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano interpuesto por Adolfo Romero Lainas, éste fue sustituido por la dirigencia del Partido de la Revolución Democrática (PRD) para imponer a López Lena, argumentando su renuncia a la candidatura. Cabe mencionar que el 21 de marzo, el Movimiento Progresista registró la candidatura de Adolfo Romero Lainas y como suplente a Mariano Vicente Castillo. Sin embargo, el 30 de marzo, el PRD presentó ante el IFE una solicitud de sustitución de candidatos, y el 18 de abril se acordó el reemplazo por Humberto López Lena Cruz y como suplente Silverio de Jesús Velasco Román. Romero Lainas se inconformó, y el 21 de abril presentó un juicio para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano, alegando que nunca renunció y que se violaron sus garantías. Para ello, Romero Lainas presentó pruebas “periciales en grafoscopía y documentoscopía, a fin de probar que la firma no correspondía a su puño y letra”. De igual forma, señaló que “jamás ha signado documento alguno en el que obre su renuncia, por tanto desconoce cualquier documento que pudiera existir”. En el expediente, se hace notar que, “en efecto, el partido (PRD) nada dice sobre un posible error en los registros de candidatos, y de existir, le sería atribuible al propio instituto político, pues incluso su derecho para impugnar los registros a la fecha ha precluido”. Es por ello que la sentencia es “dejar firme el registro total de la fórmula del actor probado por el Consejo General del IFE por acuerdo CG192/2012 de 29 de marzo, y dejar sin efecto en lo relativo al acuerdo CG222/2012 de 18 de abril por cuanto hace a su sustitución”.  

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