Tipifican pederastia como delito grave en Colima
COLIMA, Col. (apro).- Por unanimidad, el Congreso local aprobó hoy una serie de reformas a diversos ordenamientos legales con el fin de tipificar la pederastia como delito grave en la entidad.
De acuerdo con el dictamen aprobado por los legisladores, se aplicará una pena de cinco a 10 años de prisión y multa hasta por cien salarios mínimos vigentes a quien se aproveche de la confianza, subordinación o superioridad sobre un menor de 18 años, derivada de su parentesco en cualquier grado, tutela, curatela, guarda o custodia, relación docente, religiosa, laboral, médica, cultural, doméstica o de cualquier índole y ejecute, obligue, induzca o convenza a ejecutar cualquier acto sexual, con o sin su consentimiento.
Entre los instrumentos jurídicos reformados a nivel local se encuentran el Código Penal, Código de Procedimientos Penales, Ley de los Derechos y Deberes de las Niñas, Niños y los Adolescentes, así como la Ley de Educación.
En el dictamen presentado por el diputado Leonel González Valencia se ubicó a la pederastia como “un delito que atenta contra el libre desarrollo de la personalidad de las niñas, niños y adolescentes”.
También se estableció que la prescripción de este tipo de delitos correrá a partir de que la víctima cumpla la mayoría de edad.
En el caso de las personas que no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho o de resistirlo, añadió, la prescripción correrá a partir del momento en que exista evidencia de la comisión de ese delito ante el Ministerio Público.
Las reformas incluyen garantías de atención médica, psicológica o de la especialidad que se requiera para las víctimas, además de que las instituciones, asociaciones, organizaciones o agrupaciones de carácter religioso, cultural, deportivo, educativo, recreativo o de cualquier índole aparecen como obligados para resarcir los daños.
Estas reformas, según el dictamen, constituyen un paso significativo en la prevención y erradicación de la pederastia, pues se tipifica esta conducta “como delito grave, por considerar que atenta contra el libre desarrollo de la sexualidad y personalidad de los menores, además de sancionar al sujeto que la ejecuta y establecer medidas protectoras para las víctimas”.