Piden reparar daño a menor que fue agredido por su maestro

miércoles, 23 de enero de 2013 · 19:19
OAXACA, Oax. (apro).- La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) emitió la recomendación 01/2013 al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) por el caso de un menor agredido en la escuela primaria “Luz y Progreso”, ubicada en Cuilapam de Guerrero. Lo cuestionable del caso, de acuerdo con la DDHPO, es que el IEEPO se negó a colaborar al ser omiso en rendir un informe detallado y completo en relación con los hechos del pasado 5 de septiembre en la escuela de la agencia municipal El Carrizal, así como en la adopción de una medida cautelar. Según el artículo 83 de la Ley de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, “las autoridades y servidores públicos serán responsables penal y administrativamente por los actos u omisiones en que incurran durante y con motivo de la tramitación de quejas ante la Defensoría, de acuerdo con las disposiciones constitucionales y legales aplicables”. La averiguación previa 1115 (A.E.I.) 2012 detalla que el profesor Benigno Díaz Cruz está acusado como probable responsable de la comisión del delito de lesiones dolosas cometidas en agravio de un menor de sexto año de primaria. El alumno manifestó que el 5 de septiembre de 2012, al término del receso, quiso permanecer en su salón de clases, pero pidió permiso porque su mamá lo llevaría a un chequeo al centro de salud. El profesor Benigno Díaz Cruz le dijo que se fuera de una vez, lo agarró del pecho, lo levantó y lo aventó. El niño cayó sobre unos escalones, lo que provocó que se lastimara la barbilla. El certificado de lesiones expedido por la Procuraduría General de Justicia del estado (PGJ) reveló que el menor presentaba una “herida suturada de dos centímetros de longitud en la región del mentón, deformidad en codo izquierdo y limitación para los movimientos, y edema en región del dorso de mano izquierda”, lesiones de naturaleza activa que, agregó, no ponen en peligro la vida y el tiempo de recuperación es de más de 15 días. Además del daño físico, el agraviado fue afectado psicológicamente, según se desprende de la valoración que le efectuó personal de la PGJE, al señalar que “presenta en el momento de la evaluación un episodio de estrés agudo, su estado emocional es de ansiedad, inseguridad, frustración e impotencia”. Por momentos, agrega el informe, “se muestra con desapego emocional, se siente aturdido, tenso y se percibe como vulnerable, recurre al mecanismo de la evitación como defensa, además de presentar un cuadro de amnesia disociativa del trauma, existiendo una relación estrecha entre el malestar manifestado y los hechos que dieron origen a la presente indagatoria”. Con lo anterior se demostró que el menor fue objeto de maltrato con secuela física y psicológica y, de acuerdo con las declaraciones vertidas, tal conducta se atribuye al profesor Benigno Díaz Cruz. De acuerdo con la Defensoría, “es indudable que el profesor Benigno Díaz Cruz vulneró los derechos humanos del menor, lo que denota que no cuenta con los conocimientos necesarios para una adecuada disciplina en el salón de clases, ya que no supo enfrentar la situación que aconteció el 5 de septiembre del año en curso, y actuó de manera violenta”. En la recomendación emitida, el ombudsman Arturo Peimbert Calvo consideró necesario que el IEEPO “capacite de manera permanente al personal docente, para que tenga las bases pedagógicas suficientes para ser aptos y capaces de estar frente a un grupo (…) a fin de evitar transgredir los derechos humanos de los menores educandos, y con ello se logre frenar el maltrato infantil en las instituciones educativas”. De no hacerlo así, agregó, se estarían transgrediendo los principios del proceso educativo, como son la libertad, justicia, democracia y respeto a los derechos humanos del niño, entre otros, lo que generaría problemas psicológicos y un bajo rendimiento escolar en los educandos. También pidió la reparación del daño a las víctimas de una violación de derechos humanos, porque es un elemento fundamental para crear conciencia del principio de responsabilidad y para enfrentar la impunidad. Es, dijo, un medio de reparar simbólicamente una injusticia y un acto de reconocimiento del derecho de las víctimas. En la recomendación, el ombudsman también pidió dar atención médica y psicológica al menor, que incluya los medicamentos y el tratamiento que en su caso requiera, y que se instruya a quien corresponda para que en lo subsecuente las peticiones de información que solicite la Defensoría sean atendidas en los tiempos establecidos. De lo contrario, subrayó, muy probablemente se podría incurrir en responsabilidad administrativa e incluso penal.  

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