Colima: aprueban trabajo obligatorio como pena sustitutiva
COLIMA, Col. (apro).- Por unanimidad, el Congreso local aprobó este martes una serie de adiciones al Código Penal del estado, en las que se incluye el trabajo obligatorio como pena para garantizar la reparación del daño a las víctimas de delito u ofendidos.
Según el dictamen, el trabajo obligatorio podrá imponerse como sanción sustitutiva a la pena de prisión en aquellos casos en que la condena no exceda de cuatro años, siempre y cuando el sentenciado acredite que con su empleo puede cubrir el importe decretado por la autoridad judicial.
Además, se aplicará en los términos que determine la autoridad judicial, y queda garantizado que por ningún motivo deberá desarrollarse en formas denigrantes o humillantes para el condenado.
El nuevo decreto establece que se exceptúa la aplicación de la pena en aquellos casos en que se acredite con certificado médico que el trabajo representa un riesgo para la salud o la vida del sentenciado, “así como 42 días anteriores y posteriores para la mujer después del parto, o tratándose de sentenciados de más de 65 años de edad, o cualquier otra circunstancia justificada que haga materialmente imposible la prestación del trabajo”.
En sus considerandos, el dictamen señala que la Constitución Federal establece que nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y su consentimiento, salvo el trabajo impuesto como pena por la autoridad judicial.
En ese sentido, puntualiza que la única excepción en que podrá imponerse el trabajo obligatorio es cuando el mismo es consecuencia de las penas impuestas por la autoridad judicial, aspecto en el que se propuso incluir el trabajo obligatorio en el catálogo de penas autorizadas, en este caso con la finalidad de reparar el daño a favor de las víctimas de delitos.
La iniciativa fue impulsada por el diputado Martín Flores Castañeda y respaldada por los grupos parlamentarios del PRI y Nueva Alianza.