Reconoce agente del MP que en Chiapas se prohíbe a acusados hacer denuncias públicas

lunes, 20 de octubre de 2014 · 14:09
TUXTLA GUTIÉRREZ, Chis., (apro).- Un agente del Ministerio Público admitió que cuando un acusado se presenta a declarar ante la Procuraduría General de Justicia del estado (PGJE), “se acostumbra” prohibirle que haga denuncias públicas o declaraciones ante los medios de comunicación. De acuerdo con la recomendación 49/2014 emitida el pasado martes 14 por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), un vendedor de pollo, identificado como V1, fue desalojado en 2012 de un local de su propiedad, localizado en el mercado de San Cristóbal. A través de un noticiero de radio, el agraviado hizo una denuncia pública y acusó al administrador del mercado y a personal de la Dirección de Servicios Públicos Municipales de violar sus derechos. En respuesta, los servidores públicos demandaron penalmente al comerciante por supuestas amenazas en su contra, por lo que la PGJE lo citó a comparecer en calidad de “indiciado”. Sin que se comprobaran las supuestas amenazas, el agente del Ministerio Público (MP), identificado como R1, ordenó al comerciante “conducirse con rectitud y respeto, y abstenerse de tramitar alguna solicitud ante las personas que se sintieran ofendidas para evitar ulteriores conflictos”, y a no manifestar su inconformidad “ante las autoridades municipales y los medios de comunicación”, detalla la recomendación de la CNDH. El comerciante decidió no guardar silencio, como lo exigió el MP, e interpuso ante el Consejo Estatal de Derechos Humanos una queja contra la PGJE y el ayuntamiento de San Cristóbal. El organismo humanitario recibió la queja y pidió informes sobre las actuaciones del agente del MP, quien admitió que había exigido al comerciante guardar silencio, y “pretendió justificar sus  actuaciones en la costumbre, al manifestar en su informe que tal exhortación era  realizada a todas las personas que acudían a esa autoridad, en calidad de  indiciados, y que ese actuar se funda en la Ley Orgánica de la Procuraduría”, precisa la CNDH. El entonces Consejo Estatal de Derechos Humanos –ahora Comisión (CEDH)– consideró que se violaron diversos preceptos constitucionales del comerciante, por lo que en diciembre de 2012 emitió a la PGJE y al ayuntamiento de San Cristóbal la recomendación CEDH/015/2012-R. El ayuntamiento aceptó la recomendación, pero la PGJE se negó a hacerlo, lo que obligó al comerciante a acudir ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). Luego de estudiar el caso, el organismo documentó que la PGJE sí violó el derecho a la legalidad del agraviado, y explicó que a dos años de los hechos, la dependencia se ha negado a aceptar la recomendación y reparar el daño. “Lo anterior evidencia una actitud de desprecio a la cultura de la legalidad y  falta de colaboración en la tarea de la protección no jurisdiccional de los derechos  humanos por parte de la Procuraduría General de Justicia del estado de Chiapas”, concluye la recomendación de la CNDH.  

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