Embarcación encalla y daña 520 metros de arrecifes en Yucatán
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— PROFEPA (@PROFEPA_Mx) enero 20, 2015
La dependencia detalló que la embarcación quedó asentada sobre el fondo marino, sujetada con cuerdas o cabos de su proa y de su popa, a una profundidad estimada de 1.50 metros.
Entre las evidencias que encontraron buzos especializados destaca la presencia de “pedacería de madera, ganchos metálicos de palangre dispersos, partes de cordeles con palangre, partes metálicas y de colonias de organismos arrecifales dispersos por fragmentación y desprendimiento”.
La Profepa detalló que la embarcación “Empacador VI” deberá finalizar el correspondiente Plan de Salvataje y presentarle los resultados.
Apenas en diciembre pasado, en el mismo lugar encalló la embarcación “Tío Loncho”, agregó la Procuraduría. Destacó que los responsables de ésta aún no han culminado con el Plan de Salvataje y el desmantelamiento de la embarcación en su totalidad, debido a las condiciones climatológicas.
No obstante, urgió a realizar el retiro total “antes de que los efectos de la marea y los fuertes vientos puedan desplazar las embarcaciones encalladas hacia las colonias y organismos de coral que se encuentran presentes en la zona”.
Según la Ley General de Vida Silvestre, la sanción por dañar arrecifes coralinos puede ir de 50 a 50 mil salarios mínimos. Más: de acuerdo con el Código Penal Federal, las afectaciones a la biodiversidad constituyen un delito grave cuando se trata de un Área Natural Protegida (ANP).
Los daños se sancionan con penas de 2 a 10 años de prisión y por el equivalente de 300 a 3 mil días multa; la penalidad aumenta en dos años de prisión y hasta mil días de multa adicionales cuando se trata de una ANP.