Dan amparo a niña por cobro de cuotas escolares Tabasco

lunes, 26 de octubre de 2015 · 18:04
VILLAHERMOSA, Tab. (apro).- En un hecho inédito, un juez federal amparó a una menor de edad en contra del cobro de cuotas en el Centro de Desarrollo Infantil (Cendi) del Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco (ISSET). El amparo demuestra que el cobro de cuotas en escuelas y organismos públicos es inconstitucional y violatorio de derechos humanos, aseguró el padre de la menor, Donaciano Quen Pérez. El también abogado explicó que promovió el juicio de amparo 399/2015-VI en el Juzgado Primero de Distrito de Tabasco, en representación de su hija Yaretzi Guadalupe Quen Luna, de 5 años, en contra del director del ISSET, Agapito Domínguez Lacroix, por la inconstitucional expedición y aplicación del reglamento interior del organismo que, entre sus cláusulas, mandata el cobro de cuotas en el Cendi. Luego mencionó que el ISSET aplicó a su hija el artículo 27, fracción XII, inciso G de su reglamento, y la suspendió de manera definitiva del servicio educativo que recibía en el Cendi, por no pagar tres meses consecutivos la cuota de recuperación mensual de 450 pesos. El afectado dijo que a pesar de haberse elevado la educación pública gratuita al rango de derechos humanos, se siguen violando sistemáticamente las garantías de los escolapios, al imponerles el pago de cuotas, donaciones o contraprestaciones por el servicio que reciben del Estado, a través de Cendis, primarias y otras instituciones educativas. Y no hay autoridad alguna en la entidad que promueva, proteja y garantice esos derechos, aun siendo su obligación, lamentó. Se quejó que por ello existen en la entidad reiteradas violaciones a los derechos humanos por el cobro de cuotas escolares, desde el nivel preescolar hasta el universitario, cometidas por directores o titulares de los distintos sistemas y planteles educativos. Además indicó que, de acuerdo con el amparo, no se deberá condicionar al pago de cuotas a fin de proporcionar la prestación del servicio público educativo y que, en el caso de su hija, de haber resultado afectada por las cuotas de recuperación mensual que adeudaba, se ordena a las autoridades responsables realicen el reembolso a cualquiera de los tutores de la menor, en virtud de que la aplicación del artículo 27 del reglamento del ISSET resulta inconstitucional. El grupo de abogados “Por Tabasco Unido en lo Esencial” celebró el amparo concedido por el juez federal, por ser un caso sin precedente en la entidad, e invitaron a los padres de familias que tengan el mismo problema para que acudan con ellos y brindarles apoyo jurídico. Asimismo, hicieron un llamado a las autoridades para que investiguen y sancionen a directores o titulares de planteles educativos que tenga a su cargo la impartición de la educación gratuita, en caso de que estén haciendo esta clase de cobros inconstitucionales.

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