Vacío legal pone trabas a proceso electoral extraordinario en Colima

martes, 27 de octubre de 2015 · 20:26
COLIMA, Col. (apro).- Una omisión legislativa que ha prevalecido desde hace una década provocó un vacío jurídico sobre la duración del proceso electoral extraordinario y el periodo por el que deberá ser nombrado el gobernador interino, luego de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló la elección del 7 de junio, alertó la abogada María Elena Adriana Ruiz Visfocri, consejera de la Junta Local del Instituto Nacional Electoral (INE). Los artículos 55 y 57 de la Constitución local, sobre los que tendría que basarse el Congreso para lanzar la convocatoria a la elección, señalan que ésta debe realizarse en el plazo de un mes después de la emisión, y el mandatario interino no debe fungir por un periodo que exceda dos meses. No obstante, ambas disposiciones fueron declaradas inconstitucionales en noviembre de 2005 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Al resolver la acción de inconstitucionalidad 28/2005, interpuesta por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), el máximo órgano del Poder Judicial en el país determinó que es insuficiente el plazo considerado para el desarrollo de la elección extraordinaria en Colima, pues no queda tiempo para el estudio y la resolución de las impugnaciones, lo que viola los derechos de debido proceso y de defensa que tiene los partidos y los candidatos. Pero a pesar de que fue declarada la invalidez de esos apartados de los dos artículos, pasaron cuatro legislaturas: la LIV, a la que le faltaba menos de un año para concluir el periodo, y de la LV a la LVII, y ninguna de ellas realizó las reformas necesarias para atender la sentencia de la SCJN. Esta circunstancia, de acuerdo con Ruiz Visfocri, provocó una situación de incertidumbre, dado que cuando faltan cuatro días para que concluya el sexenio de Mario Anguiano Moreno, ya no hay tiempo suficiente para que la legislatura realice las reformas constitucionales para corregir la omisión cometida por los diputados anteriores. Lo peor de todo, dijo la consejera electoral en entrevista con Apro, es que los partidos y los diputados “parecen no haber advertido este problema, porque nada más se escucha que están discutiendo sobre quién debe presentar la terna para nombrar al gobernador interino, pero el Congreso local está descuidando la cuestión de la convocatoria, porque ellos deben emitirla, establecer los tiempos y desde ahora decir cuánto va a durar el interinato”. Conforme a lo resuelto por la SCJN hace diez años, Adriana Ruiz estima que debería otorgarse un plazo de tres meses o más para la realización del proceso electoral extraordinario, pues de acuerdo con los cálculos realizados por la Corte, si se impugna al menos una etapa se requerirían 78 días para sacar adelante la elección. Los legisladores, añadió, deben estar conscientes de que no pueden sustentar los plazos en los artículos 55 y 57 de la Constitución, porque el proceso electoral se viciaría de origen y el nombramiento del gobernador sería inconstitucional. “En estos momentos –propuso la consejera local del INE– lo que podrían hacer los diputados es buscar en otros artículos constitucionales, como el 33 estatal o el 116 federal, la posibilidad de fundamentar una reforma a las leyes secundarias para ampliar los plazos, tanto de la elección como del interinato, y de esta manera otorgar legalidad al proceso”.  

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