Acusarán de asociación delictuosa a exfuncionarios potosinos

sábado, 31 de octubre de 2015 · 14:27
SAN LUIS POTOSÍ, SLP (proceso.com).- Tras la captura del exregidor y alcalde interino de esta capital, Luis Miguel Ávalos Oyervides, la Procuraduría de Justicia del estado buscará reformular las acusaciones en el proceso en su contra, hacia la exalcaldesa del PRI, Victoria Labastida y otros tres colaboradores de su administración, por el delito de asociación delictuosa. El procurador Federico Garza Herrera informó que se replanteará la integración de la averiguación previa contra los cinco exfuncionarios del gobierno municipal 2009-2012, de los cuales sólo Ávalos Oyervides está detenido; los demás consiguieron protección de la justicia federal para no pisar la prisión. Hasta ahora, Victoria Labastida, Ávalos Oyervides, el extesorero Agustín Soberón, la contralora Glafira Ruiz Leura y el exsecretario del ayuntamiento, Emigdio Ilizaliturri Guzmán son acusados de peculado, ejercicio indebido de la función pública y alteración o uso de documentos falsos. Sin embargo, luego de su comparecencia ante diputados del Congreso del estado, el procurador Garza Herrera dijo que ya se revisa el expediente para formular los cargos por asociación delictuosa, pues en su momento las anteriores autoridades de la PGJ no apelaron la decisión del juez cuando éste rechazó clasificar este delito dentro del proceso contra los cinco exfuncionarios. Garza dijo suponer que el juez de la causa pudo no haber encontrado elementos suficientes dentro de lo aportado por el Ministerio Público en los meses anteriores, para configurar la acusación por asociación delictuosa, lo que se buscará corregir, ratificó. Mientras tanto, la PGJ debe mantener suspendida la orden de aprehensión en lo que concierte a Labastida, su tesorero, la contralora y el regidor por las suspensiones otorgadas por la justicia federal. Y detalló que, en el caso de Luis Miguel Ávalos, quien permanece en el Centro de Reinserción de La Pila mientras el juez define si le dicta formal prisión o no, fue posible cumplimentar la orden de aprehensión porque no cumplió con el depósito de la garantía requerida para el amparo solicitado, así que éste quedó sin efecto.

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