Juez ordena reponer proceso contra líder de Morena en Quintana Roo

miércoles, 4 de marzo de 2015 · 10:42
CANCÚN, Q. Roo., (apro).- El juez Sexto de Distrito de Chetumal, Reynaldo Piñón Rangel, determinó irregularidades en el proceso penal contra el secretario de Organización del Comité Estatal de Morena, Omar Sánchez Cutis. En consecuencia, Piñón Rangel ordenó al Juzgado Penal de Felipe Carrillo Puerto reponer el proceso en contra de Sánchez Cutis. El juez federal Reynaldo Pinón concedió el amparo para efectos a Sánchez Cutis -quien se encuentra prófugo- y devolvió el expediente al encargado del Juzgado Penal de Felipe Carrillo Puerto, Javier Ruíz Ortega, a afecto de que reformule las acusaciones. Sin embargo, no determinó la inocencia del dirigente de Morena. Esta resolución al juicio de garantías promovido Sánchez Cutis coincide con las sentencias de los amparos interpuestos por el los dirigentes del Consejo de Colonias Populares (Cocopo) de Felipe Carrillo Puerto, Alfredo Esquivel y Cab y Teresita Brito Piña, también secretario de Finanzas del comité municipal de Morena, así como por el activista y periodista maya Pedro Canché Herrera, cuyos procesos fueron repuestos por irregularidades, aunque siguen presos. Esquivel y Cab y Brito Piña encabezaron las protestas contra el aumento de tarifas de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA), mientras que Pedro Canché dio cobertura las manifestaciones. Por su parte, Sánchez Cutis con residencia en Cancún, acudió a Felipe Carrillo Puerto para encabezar la defensa legal de Esquivel y Cab y Brito Piña, luego de que ambos líderes fueron detenidos. Sin embargo, los cuatro son acusados sabotaje y de haber afectado el funcionamiento de CAPA. De acuerdo con abogados de Sánchez Cutis, el juez federal Reynaldo Pinón determinó que, entre otras irregularidades, las determinaciones del Juzgado Penal de Carrillo Puerto carecen de la debida fundamentación y motivación. En el resolutivo, indicaron los abogados, también se señala que el juez penal realizó una valoración pésima de las pruebas y no explicó cómo se afectó un servicio básico. El juez Penal también fue omiso en exponer cómo los quejosos tuvieron la finalidad de trastornar gravemente la vida cultural y económica del estado o municipio, refirieron los abogados. Frente a estas irregularidades, el juez sexto de Distrito ordenó al juez penal que deje insubsistente el auto de formal prisión y la orden de aprehensión respectivamente y dicte por "segunda vez" otra determinación. Esta determinación, apuntan los abogados, deberá, entre otros elementos, de precisar de manera completa cuáles son los elementos del delito y analizar exhaustivamente las pruebas.

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