Paciente del Issemym pierde brazo por negligencia médica

martes, 12 de enero de 2016 · 17:25
TOLUCA, Edomex. (apro).- Por no ofrecer asistencia médica oportuna y con ello ocasionar que una derechohabiente perdiera su brazo, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) emitió la recomendación 31/2015 al Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios (Issemym). La omisión de asistencia oportuna del servicio de salud, refiere la Codhem, propició complicaciones que derivaron en la amputación de un brazo y afectaciones en la integridad física y mental de la afectada, con secuelas que implican incapacidad permanente parcial. La investigación del organismo reveló que la derechohabiente tuvo un accidente al caer sobre su brazo derecho y fue llevada al Hospital Regional Valle de Bravo “Nicolás Bravo Bicentenario” para ser valorada. En el nosocomio se le diagnosticó fractura de húmero que ameritaba intervención quirúrgica. Como tratamiento posoperatorio, el médico ordenó la aplicación de antibiótico, analgésico, anticoagulante y antitrombótico, pero éstos no se suministraron oportunamente por personal de enfermería. La paciente, aseguró la Comisión, fue valorada de manera superficial e incompleta por tres médicos, lo que impidió detectar riesgos y complicaciones en su salud. “Tres días después de la operación, otro galeno notó una infección grave en la extremidad de la paciente y solicitó de urgencia su traslado a un hospital del siguiente nivel de atención en Toluca. Ahí le diagnosticaron la amputación del miembro superior derecho, la cual tuvo lugar ese mismo día”. La Codhem consideró que en este caso se acredita la violación a los derechos humanos de la usuaria del hospital regional Valle de Bravo. Con base en la opinión técnico-médica institucional de la Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de México, la Codhem concluyó que se trasgredió el derecho de la paciente a que se le garantizaran las condiciones necesarias para lograr su bienestar físico a través de servicios médicos de calidad. Por esta razón, se obliga al Issemym a indemnizar a la paciente conforme a lo dispuesto en el artículo 64 fracción I, II y VII de la Ley General de Víctimas, brindarle tratamiento médico, psicológico y rehabilitador; medidas de compensación –el suministro de una prótesis adecuada a sus necesidades–, terapias y rehabilitación. Con la finalidad de que la negligencia no se repita, la Codhem solicitó ordenar por escrito al nosocomio el diseño de un programa de capacitación y actualización para garantizar el respeto a los derechos humanos de salud, protección y atención oportuna, la debida asistencia y el trato digno al paciente. Además, debe instruirse al personal profesional, técnico y auxiliar proporcionar a los usuarios atención oportuna, de calidad, profesional y éticamente responsable, un trato respetuoso y digno.

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