Declaran a Yucatán zona libre de transgénicos
MÉRIDA, Yuc. (apro).- En medio de la disputa legal que libran apicultores mayas de la península con la trasnacional Monsanto e instancias federales para frenar la siembra de transgénicos en la región, el gobierno estatal declaró a Yucatán como zona libre de cultivos agrícolas con organismos genéticamente modificados.
En el decreto de 12 páginas publicado este jueves, el gobierno de Rolando Zapata Bello argumenta la necesidad de “aplicar el principio de precaución ante el daño moralmente inaceptable de amenaza para la salud por la presencia de soya transgénica y el uso extensivo de agroquímicos”.
Lo anterior, apunta, “por el daño grave e irreversible a la actividad apícola, porque es injusto para las futuras generaciones, y porque atenta contra los derechos humanos de los productores mayas milperos o apicultores; la consulta previa, libre e informada; el derecho al trabajo, a la alimentación, a la comercialización e industrialización y a la propiedad social, así como al derecho humano a un ambiente sano”.
Activistas celebraron la medida, que calificaron de “audaz, responsable y muy fundamentada”. No obstante, el colectivo MaOGM advirtió sobre la posibilidad de que ese decreto estatal derive hasta en una controversia constitucional, porque el tema de los transgénicos es materia federal.
Explicó que la ley federal que regula los transgénicos sí prevé iniciativas estatales, pero sólo bajo la figura de acuerdos o convenios de coordinación, y en ese sentido señaló que aunque el gobierno yucateco buscó reiteradamente establecerlos, el gobierno federal no le dio respuesta.
El decreto 418/2016 se fundamenta en los artículos 55 fracción II y 60 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, así como el 14, fracciones VIII y IX, del Código de la Administración Pública de la entidad, pero también en diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que hablan de los derechos humanos y la obligación del gobierno de preservarlos.
Asimismo, se basa en leyes, tratados y convenios internacionales en materia de derechos humanos, salud, alimentación y medio ambiente de los que México tomó parte. Y plantea que obligadamente el Estado debe proteger los recursos naturales que posee Yucatán.
“Del total del territorio estatal, más de 17% se encuentra bajo esquemas de protección, sobresaliendo toda la zona costera. De igual manera, la Reserva Estatal Biocultural del Puuc, ubicada al sur del estado, contiene el 22% de las selvas, el 20% del hábitat potencial de especies como el jaguar y el 16% de las áreas de recarga del manto acuífero estatal”, argumenta.
Añade que la población que habita en el interior del estado “tiene como base para su subsistencia la biodiversidad y agrobiodiversidad”, así como sus actividades complementarias como la producción de miel –altamente cotizada en el extranjero–, la ganadería de traspatio y la silvicultura.
“En concreto, más de 45 mil familias trabajan y dependen económicamente de este sistema agroforestal que distribuye ingresos familiares por más de 130 millones de pesos anuales”, destaca.
La presencia en el estado de organismos genéticamente modificados, sostiene, comenzó en 2005 en su fase experimental y piloto, “y se ha realizado sin anuncio de su uso y de las medidas de prevención de los riesgos posibles para la biodiversidad y para las actividades productivas de las comunidades rurales y costeras”.
El documento recuerda que a partir de 2011 se autorizó la liberación de una superficie delimitada por dos polígonos que suman más de un millón 56 mil 961 hectáreas en el estado de Yucatán, y que junto con Campeche y Quintana Roo alcanzan la cifra de más de 2 millones de hectáreas.
“Esta superficie incluye la Reserva Estatal Biocultural del Puuc, en la que se sembraron superficies extensas, así como en el nororiente del estado, cerca de la Reserva de la Biosfera de Río Lagartos. Esta autorización se realizó sin considerar los comentarios vinculantes de los órganos de consulta de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales”.
También precisa que en la evaluación de los posibles efectos adversos debe considerarse tanto a los organismos genéticamente modificados como a los herbicidas, pesticidas y demás insumos integrantes del paquete tecnológico. De igual forma, apunta, se debe tomar en cuenta que los efectos sobre la flora y la fauna son diversos y desconocidos, pero en muchas ocasiones resultan negativos y ponen en riesgo la biodiversidad, afectando las fuentes de polen y néctar de la flora silvestre y cultivada.
En junio de 2012 –agrega–, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) autorizó en Yucatán la liberación de soya transgénica en etapa comercial, “contraviniendo nuevamente las opiniones vinculantes de los órganos de consulta de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales”.
Y detalla la importancia económica que tiene la apicultura para el estado, principal exportador de miel a Europa, y el riesgo para esta actividad y el medio ambiente que constituyen los transgénicos.
Enlista, asimismo, los peligros para la salud humana, de otras especies y la contaminación de los recursos hídricos que implican los transgénicos y agroquímicos que se utilizan para ese tipo de cultivos.
El texto enumera las acciones que el gobierno de Yucatán ha impulsado en las dos últimas administraciones para tratar de contener la siembra de transgénicos y reducir sus efectos, por lo que ahora, subraya, se determinó declarar a la entidad zona libre de ese tipo de productos, aplicando “el principio de precaución ante el daño moralmente inaceptable de amenaza para la salud”.
“El daño moralmente inaceptable consiste en el infligido a seres humanos o el medio ambiente, que es una amenaza para la vida o la salud, es grave y efectivamente irreversible, es injusto para las generaciones presentes o futuras, es impuesta sin una consideración adecuada de los derechos humanos de las personas afectadas”.
El decreto declara al estado de Yucatán como zona libre de transgénicos, así como de productos contaminados, para fines agropecuarios o para la producción de insumos de uso humano y agropecuario, a fin de preservar la biodiversidad, la agrobiodiversidad y la calidad de los productos de las comunidades rurales y costeras, al tiempo que impulsa los cultivos orgánicos.