Multan a Estefan Garfias por actos anticipados de precampaña

miércoles, 23 de marzo de 2016 · 18:31
OAXACA, Oax. (apro).- El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) sancionó con una multa de 36 mil 520 pesos al candidato del PRD al gobierno de la entidad, José Antonio Estefan Garfias, por actos anticipados de precampaña. Por mayoría de votos, el pleno del Tribunal dio cumplimiento a lo ordenado por la Sala Superior del TEPJF en la sentencia SUPJRC-66/2016 y su acumulado SUP-JDC-921/2016. Luego que los representantes del PVEM, Alejandro de Jesús Méndez Díaz y Raymundo Martín Ortiz Vega, propietario y suplente respectivamente, denunciaron el caso, éste derivó en el procedimiento especial sancionador PES/01/2016, instruido por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPCO). Y es que, al analizar los espectaculares motivo de la denuncia y atendiendo al criterio del TEPJF, el Tribunal Electoral local señaló que efectivamente esos anuncios cuentan con elementos que permiten asociarlos al desarrollo de un proceso electoral local, es decir, sí constituyen actos anticipados de precampaña por parte de Estefan Garfias, candidato del gobernador Gabino Cué. Aunado a la multa impuesta al candidato a gobernador de la Coalición por el Rumbo y Estabilidad de Oaxaca (CREO), integrada por PAN y PRD, se hizo una amonestación pública a este último. Por otro lado, Méndez Díaz promovió el recurso de apelación RA/03/2016 ante el Consejo General del IEEPCO en contra del acuerdo IEEPCO-CG-43/2015, por el cual designó a Ricardo Guillermo Escamilla Martínez como miembro del comité técnico asesor del PREP, al alegar que esa determinación vulnera lo establecido en los lineamientos emitidos por el INE. En ese sentido, los magistrados electorales advirtieron que la autoridad responsable efectivamente violó lo establecido en los artículos primero y 23 fracción II de los Lineamientos del PREP, debido a que éstos establecen que los aspirantes a formar parte del comité deben contar con reconocida experiencia en materia de estadística, tecnologías de la información y comunicación, lo que en este caso no aconteció. Es decir, Escamilla Martínez al ser de profesión ingeniero civil en estructuras y maestro en administración de empresas no cumple con los requisitos para fungir como asesor técnico del referido comité. Por lo anterior, el Tribunal revocó el acuerdo impugnado y exhortó a la autoridad responsable para que, al designar al nuevo integrante del Comité Técnico Asesor del PREP, se apegue al marco normativo en la materia, garantizando en todo momento el cumplimiento de los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.

Comentarios