Somete Corte a revisión uso indebido de seguridad pública en caso Karla Silva

lunes, 25 de julio de 2016 · 21:37
GUANAJUATO, Gto. (apro).- La Suprema Corte tiene en su Segunda Sala la resolución de un amparo interpuesto por los defensores de la periodista Karla Silva para que se revise el uso indebido de la seguridad pública por parte de las autoridades municipales, como ocurrió con el exalcalde priista Benjamín Solís Arzola, actualmente procesado por ordenar a sus mandos policiacos agredir a la reportera. “Está comprobado que, aprovechándose de las estructuras del Estado, el exalcalde Benjamín Solís mandaba la comisión de eventos ilícitos”, afirmó el abogado Javier Cruz Angulo, asesor jurídico de la reportera que fue golpeada brutalmente el 4 de septiembre de 2014 y amenazada junto con su compañera Adriana Palacios, hechos por cuya instigación es acusado el exedil, actualmente en prisión preventiva. Así, el motivo del amparo es la irregular función de la seguridad pública en Silao bajo el mandato de Solís, quien concluyó su gestión en octubre de 2015. “Se está observando si se puede regular la seguridad pública desde el Poder Judicial Federal y desde los principios constitucionales”, agregó el abogado. Este amparo fue presentado hace unos meses ante un juez de distrito, quien según el abogado “nos contestó que para él la seguridad pública es un montón de policías esperando sentados a que los llamen”. Por ello se interpuso un recurso y el asunto pasó a un Tribunal Colegiado, que determinó que el asunto es un tema constitucional trascendente y que no podía resolverlo, por lo que los magistrados lo remitieron a la Segunda Sala de la SCJN, a cargo del ministro Fernando Franco. “Ahora está bajo los ojos del ministro, para saber cómo se debe regular el tema de la seguridad pública, desde los principios constitucionales y con respeto a los derechos humanos, como lo señalan los artículos 109, 21 y 116 de la Constitución, o como es la visión de Benjamín Solís de contratar a gente (encargada de labores de seguridad pública) para cometer delitos”, puntualizó. Sólo trabajo comunitario a exmando policiaco Los asesores legales de la periodista impugnarán la sentencia que le fue impuesta al exdirector de Seguridad Pública de Silao, Nicasio Aguirre, el pasado viernes en una audiencia privada, a la que no hubo acceso al público o medios, y de cuyo contenido la juez María del Rocío Arias prohibió hablar a las partes. Según denunció la directora del Centro Las Libres, Verónica Cruz Sánchez –quien acompaña a Karla Silva y a Adriana Palacios en este proceso–, la juez Arias redujo indebidamente la sentencia que había ya aceptado el exmando policiaco en un acuerdo tomado entre éste y los defensores de las comunicadoras. Con este acuerdo, Nicasio Aguirre se sometió a un juicio abreviado; aceptó su responsabilidad como instigador de los delitos de robo calificado, lesiones calificadas y amenazas cometidos contra la reportera y su compañera en la oficina de El Heraldo en Silao, y aceptó también hacer una reparación del daño estimada en términos económicos. Según este acuerdo, Aguirre purgaría una sentencia de 4 años y 11 meses, con lo que pasaría los fines de semana en prisión y el resto realizando trabajos comunitarios. Sin embargo, la juez Arias desestimó el acuerdo y, de manera inesperada, redujo la pena a 3 años y 11 meses, con lo que el exjefe de policía sólo hará trabajo comunitario “en una institución pública”, sin pisar la prisión. “Nos preocupa que esta decisión de la juez, que ignoró un acuerdo para el que precisamente se recurre a salidas alternas como el juicio abreviado en el nuevo sistema penal acusatorio, sea un preámbulo para exonerar al exalcalde Solís Arzola”, advirtió la directora de Las Libres. “Capaz que ahora Nicasio Aguirre busca ofrecer su servicio voluntario en Seguridad Pública”, concluyó.

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