Dan amparo a universitaria chiapaneca que fue dada de baja por no pagar colegiatura

martes, 2 de agosto de 2016 · 21:44
TUXTLA GUTIÉRREZ, Chis. (apro).- El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) resolvió hoy amparar a una joven estudiante de Trabajo Social en una escuela privada para que dicha institución respete y garantice su derecho a la educación por no haber pagado al menos dos mensualidades de sus colegiaturas. El juez Juan Marcos Dávila Rangel, titular del Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla Gutiérrez, informó que se le concedió la protección de la justicia federal a una mujer estudiante de la licenciatura de Trabajo Social contra actos de particulares con calidad de autoridades responsables de una universidad privada de Chiapas, que le impidieron continuar con sus estudios vulnerando su derecho a la educación, aparentemente por el retraso en el pago de dos mensualidades. Con base en la perspectiva de género, así como en tratados internacionales y en jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en materia de derecho a la educación, el juez Dávila Rangel resolvió en el amparo 902/2016 que la quejosa, además de pertenecer a un grupo vulnerable, a saber, mujer, ama de casa, madre de tres hijos y sin ingresos propios, se desempeñó como estudiante de excelencia académica de esa universidad privada. Ese órgano de control constitucional reconoció que los derechos de la mujer tienen como base el goce y ejercicio de otros derechos, ya que los derechos humanos giran en torno a los principios de igualdad y no discriminación por condiciones de sexo o género; de ahí que procediera a considerar las situaciones de desventaja que, por cuestiones de género, discriminan e impiden la igualdad sustantiva, procurando establecer un lenguaje incluyente con el objeto de asegurar un acceso a la justicia. Del análisis de los hechos, se advierte que el 30 de marzo de 2016, la escuela privada con sede en Tuxtla, de manera verbal, le comunicó a la quejosa que había causado baja como alumna regular de cuarto cuatrimestre de la licenciatura en Trabajo Social. El pasado 6 de abril de 2016, la agraviada promovió un amparo solicitando la protección constitucional por haber sido dado de baja como alumna regular del cuarto cuatrimestre de dicha licenciatura, así como por la negativa de ingresar al sistema sus calificaciones de ese cuatrimestre. La quejosa alegó la falta de respuesta de la autoridad universitaria a su escrito en el que explicaba el retraso en el pago de las colegiaturas correspondientes a los meses de febrero y marzo de 2016, donde además solicitaba le aceptaran dichos pagos. También reclamó la falta de promoción de una beca por excelencia académica, solicitud que fue sobreseída por el juez federal, ya que el acceso a ese beneficio debe ser tramitado por el estudiante y la quejosa no lo hizo. Según el juez, el proceder de la universidad le negó el derecho a una mejora continua, al pleno desarrollo de su personalidad y dignidad humana.

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