Monsanto niega presuntos actos de corrupción en permisos para la siembra de soya en Campeche

viernes, 10 de noviembre de 2017 · 19:56
CAMPECHE, Camp. (apro).- La trasnacional Monsanto se deslindó de las acusaciones que productores apícolas mayas y activistas han proferido en su contra por presuntos actos de corrupción, en contubernio con autoridades federales, para destrabar la liberación de permisos para la siembra de soya transgénica en comunidades indígenas del estado. El pasado 23 de octubre, productores mayas que desde hace más de dos años libran una batalla legal contra el cultivo de transgénicos, protestaron a las puertas de los juzgados federales en contra de Adrián Fernando Novelo Pérez, juez segundo de distrito, a quien acusaron de servir a los intereses de la trasnacional Monsanto. En aquella ocasión los inconformes denunciaron que después de año y medio de intentos por realizar --por orden judicial-- la consulta a los pueblos indígenas sobre la soya transgénica que se pretende sembrar en sus comunidades, Novelo Pérez “quebró el proceso” emitiendo un nuevo acuerdo a favor de la trasnacional. Lo anterior, dijeron, es para que la consulta indígena se reduzca a sólo seis comunidades, en lugar de las 34 que lo habrían acordado previamente. En un comunicado que dirigió a esta corresponsal, Monsanto dio a conocer su postura respecto de “la supuesta disminución de comunidades contempladas para la realización de las consultas indígenas relativas al permiso de liberación comercial al ambiente de soya genéticamente modificada”. También sobre “las acusaciones en el sentido de que esta decisión es el resultado de una supuesta presión de nuestra empresa sobre el juez segundo de distrito de Campeche, para dividir a las comunidades en el marco del proceso antes referido”. Según Monsanto, en la resolución adoptada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con fecha 4 de noviembre de 2015, “con toda atingencia” se delimitó el ámbito de aplicación de la consulta indígena a efecto de que se llevara a cabo “única y exclusivamente” en las comunidades a las que pertenecen “las personas físicas quejosas”. En función de ello, añadió, las quejosas manifestaron mediante escritos exhibidos los días 1 y 8 de marzo de 2016, el nombre de las seis comunidades indígenas a las que pertenecen, con la finalidad de que sea sólo en dichas comunidades en las que se practique la consulta ordenada por la SCJN. Precisó que tales comunidades son: Ich-Ek, Xmabén, San Francisco Suc-Tuc, Bolonchén de Rejón, Cancabchén y Pac-Chen. De igual manera, refirió que desde el día 31 de marzo de 2016 “las autoridades responsables han realizado actividades para llevar a cabo la consulta indígena, que se desarrollará en cinco fases: 1) Acuerdos Previos, 2) Informativa, 3) Deliberativa, 4) Consultiva, y 5) Ejecución y Seguimiento de Acuerdos”. Lo anterior, dijo, sin que a la fecha se haya logrado culminar con la primera fase de la consulta indígena, no obstante haber transcurrido más de un año y seis meses de que dio inicio la primera sesión de Acuerdos Previos (14 de abril de 2016). En virtud de ello, apuntó, el juez de distrito de Campeche consideró que no se advertía la existencia de una causa justificada para que se sigan prolongando indefinidamente las sesiones de la citada primera fase de “Acuerdos Previos.” Por eso, explicó, “el citado juez de distrito de Campeche consideró que han transcurrido en exceso los plazos para el cumplimiento de las sentencias de amparo que determina el artículo 192 de la Ley de Amparo”. Añadió: “Debido a la ampliación constante del plazo en perjuicio de los quejosos y del tercero interesado, el multicitado juzgador federal requirió a las autoridades responsables para que dentro de un plazo de 40 días desahoguen todas las fases de propuesta de protocolo específico para la implementación de la consulta indígena, en las comunidades de referencia, tal y como fue ordenado por la SCJN desde el día 4 de noviembre del 2015”. En consecuencia, subrayó, la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados (CIBIOGEM) y la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) deben cumplimentar la sentencia de la SCJN en las comunidades arriba citadas. “Monsanto es una empresa respetuosa de las leyes y regulaciones vigentes en todos los países en los que operamos, comprometida con el desarrollo de soluciones agrícolas sustentables, que permitan disminuir el uso de recursos como el agua, fertilizantes o el suelo, y que ayuden a los agricultores a producir más y mejores alimentos”. Lamentó que miles de agricultores “se encuentren imposibilitados para producir el cultivo de su elección y emplear tecnologías de agricultura moderna y sustentable, teniendo como consecuencias el impacto económico para ellos y la dependencia de nuestro país del exterior, ya que México depende en buena medida de las importaciones agrícolas, en particular de los Estados Unidos”. En este sentido, remató: “es importante recordar que más de 95% de las necesidades domesticas de soya provienen de dicho país, en el que paradójicamente la totalidad de la producción es transgénica”.

Comentarios