Difusión de datos sobre el juicio del exgobernador Mario Anguiano no viola sus derechos: CEDH

viernes, 3 de noviembre de 2017 · 09:13
COLIMA, Col. (apro).- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima (CDHEC) determinó que la difusión de la información sobre el juicio político contra el exgobernador Mario Anguiano Moreno no viola los derechos constitucionales de éste, porque “primordialmente se está garantizando el derecho a la información pública hacia la sociedad”. En consecuencia, el organismo humanitario emitió un documento de no responsabilidad a favor de la Comisión de Responsabilidades del Congreso del Estado, como resolutivo de la queja CDHEC/021/2016, que había sido interpuesta por el exmandatario estatal desde el 19 de enero de 2016. Anguiano Moreno, quien desde que concluyó su gestión enfrenta diversas acusaciones por presunto desvío de recursos públicos, argumentó en su escrito de queja que las declaraciones públicas realizadas por los diputados a los medios de comunicación, afirmando que se sigue juicio político en su contra, vulneraban en su perjuicio el principio de presunción de inocencia. Sin embargo, después del análisis de los elementos contenidos en el expediente, la CDHEC determinó que las violaciones a los derechos humanos hechas valer por la parte agraviada en su escrito de queja, no se logran acreditar fehacientemente. Sostuvo: “Las declaraciones de las autoridades señaladas como responsables hacen reseña al procedimiento del juicio político, en pleno ejercicio de su derecho a la libertad de expresión, sin que ello signifique que son con la intención de afectar la vida privada o el honor del entonces gobernador del Estado, pues no se advierten que en ellas sentencien al agraviado como responsable de falta o delito, sino que más bien informan sobre la existencia de un juicio político en el que se le tiene el carácter de imputado sobre presuntos desvíos”. La CDHEC añadió que dada la importancia de la libertad de expresión en una sociedad democrática y la elevada responsabilidad que ello entraña para quienes ejercen profesionalmente labores de comunicación social, el Estado no sólo debe minimizar las restricciones a la circulación de la información sino también equilibrar, en la mayor medida de lo posible, la participación de las distintas informaciones en el debate público, impulsando el pluralismo informativo. Refirió que el control democrático a través de la opinión pública fomenta la transparencia de las actividades estatales y promueve la responsabilidad de los funcionarios sobre su gestión pública. De ahí la mayor tolerancia frente a afirmaciones y apreciaciones vertidas por los ciudadanos en ejercicio de dicho control democrático. A juicio de la CDHEC, no se puede clasificar como reservada la información que se encuentra a disposición de un servidor público con motivo del ejercicio de su cargo, sino que deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. “El umbral de tolerancia a la libertad de expresión contra servidores públicos es mayor, ya que responde a un interés social propio de un Estado democrático; es decir, los funcionarios públicos deben ser más tolerantes a las críticas que los particulares (…), en un Estado de derecho no existe fundamento válido que permita sustraerse de esta consideración a quienes trabajan como servidores públicos”, razonó. En ese sentido, concluyó el organismo, las declaraciones realizadas por los diputados del Congreso del Estado en torno a la existencia de un procedimiento de juicio político contra el exgobernador no constituyen violación a los derechos humanos.

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