Exigen respetar el derecho al medio ambiente ante el 'grave ecocidio” en Tepoztlán

viernes, 9 de junio de 2017 · 21:55
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- En respuesta al “grave ecocidio” perpetrado en la reserva ecológica protegida localizada en Tepoztlán, Morelos, la Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos AC (CIDHM) exigió respetar plenamente el derecho al medio ambiente sano como un derecho humano. En una carta enviada a la Presidencia de la República, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al gobierno del estado de Morelos y al gobierno municipal de Tepoztlán, la CIDHM señala que la destrucción de cerca de 2 mil 800 árboles de diversas especies en el tramo de la autopista que atraviesa el territorio de Tepoztlán, a la altura del poblado de Santiago Tepetlapa, para la ampliación a cuatro carriles de la autopista La Pera-Cuautla, se realizó sin respetar las mínimas normas ambientales. Tampoco se hizo una consulta a la población de manera previa y documentada, como lo establece la normatividad, con transparencia y publicidad, “misma que se requiere para someter a consideración de la población afectada la ampliación de la autopista” en el área de reserva ecológica protegida por dos decretos, uno federal y otro estatal, emitidos en 1937 y 1989, respectivamente. En la misiva, la CIDHM presenta documentación donde se indica que una fracción significativa del Parque Nacional El Tepozteco, “incluidos miles de valiosos árboles, así como la rica biodiversidad asociada a éstos, fue arrasada en Tepoztlán por una empresa contratista que trabaja para la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en el proyecto de ampliación de la autopista Siglo XXI, en el trayecto que cruza por el Parque Nacional El Tepozteco”. En el amplio documento que fundamenta el derecho a un medio ambiente sano como un derecho humano en las normas internacionales vigentes en México, como la Declaración de Estocolmo, la Declaración de Río, la Convención sobre el Patrimonio Mundial, el Convenio sobre la Diversidad Biológica (PNUMA), el Artículo 4º. de la Constitución y la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la CIDHM considera importante adoptar todas las medidas necesarias para aplicar de manera efectiva la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales (Núm. 169) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). “Exigimos asimismo a las autoridades federales y estatales cumplir con la obligación de consultar a los pueblos indígenas y obtener su consentimiento libre, previo e informado antes de emprender acciones y proyectos que puedan afectar a sus derechos”. Y en el marco del ejercicio de la diligencia debida, mejorar la vigilancia e incluir el respeto de los derechos de los pueblos indígenas en las evaluaciones ordinarias de los proyectos, además de velar por que la información obtenida mediante la vigilancia y la presentación de informes sea transparente y accesible, explica la CIDHM. “Destacamos que el binomio naturaleza-humanidad es indivisible, ya que negarlo significa pensar que no existe posibilidad de congeniar la vida humana con la naturaleza”, indica. Y agrega que ante este grave "ecocidio" en el territorio de Tepoztlán, ubicado en zona protegida de Morelos, se requiere que todas las autoridades respeten de manera íntegra los derechos humanos a disfrutar de un ambiente sano y equilibrado, por lo que se debe respetar el derecho a la consulta libre, informada y con veracidad de toda la población afectada. “También llamamos a que se revise el proyecto de comunicación y transporte en Tepoztlán, para reducir el impacto ambiental y solucionar el problema de movilidad humana. Sin duda el transporte es una necesidad, pero la búsqueda de soluciones sustentables que no destrocen el ambiente, que no violen los derechos de las comunidades y que no enfrenten a la sociedad, es una obligación de las autoridades respectivas”, puntualiza la carta. De igual manera, exige al Estado mexicano garantizar la protección ambiental y los derechos humanos, establecidas en la Constitución, por lo que los gobiernos estatal y federal deben respetar la normatividad establecida en el Decreto presidencial de 1937 que crea el Parque Nacional El Tepozteco, así como el de 1989 que crea el Corredor Biológico de Flora y fauna del Ajusco al Chichinautzin.

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