Piden a legisladores de Guanajuato ser cuidadosos al legislar sobre daños al honor

martes, 6 de marzo de 2018 · 18:00
GUANAJUATO, Gto., (apro).- La organización Artículo 19, junto con el politólogo Sergio Aguayo y el Colectivo por la Libertad de Expresión de Guanajuato, pidieron a los integrantes del Congreso local ser cuidadosos al momento de legislar sobre daños al honor, para que la disposición que aprueben sea coherente con el derecho a la libertad de expresión, piedra angular de toda democracia. Luego de que en días recientes el Congreso guanajuatense determinó derogar los denominados “delitos contra el honor” (difamación y calumnias) que estaban previstos en los artículos 188 al 190 del Código Penal del estado, la Comisión de Justicia que preside la diputada priista Arcelia González agendó la elaboración de un articulado para prever los derechos de terceros en el Código Civil. Pero ante las experiencias previas que han sufrido activistas y periodistas en ese rubro, como es el caso de Sergio Aguayo, se exhortó al Congreso a ser cuidadoso en la redacción y contenido en materia civil que pudiera generar demandas por daño moral, con el propósito de limitar la libertad de expresión. “Se propone una reforma integral que incluya salvaguardas en el Código de procedimientos civiles para que jueces desechen demandas de daño moral derivadas de supuestos abusos de la libertad de expresión cuando éstas sean frívolas y malintencionadas, cumpliendo con la recomendación de los Relatores de la ONU y la CIDH y estableciendo un procedimiento protector de la libertad de expresión”, dice el documento signado por el Colectivo por la Libertad de Expresión. Añade: “Expresamos nuestra preocupación sobre las sanciones que pueden ser desproporcionadas, cuestión que, como ha señalado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pude ser intimidante e inhibitoria de la libertad de expresión, incluso más que la propia sanción penal”. Por su parte, el politólogo Sergio Aguayo difundió un video dirigido al Congreso de Guanajuato, en el que cita su experiencia por la demanda que en su contra interpuso el exgobernador de Coahuila y exdirigente nacional del PRI Humberto Moreira por daño moral, a través de la cual le exige una “reparación” por 10 millones de pesos. “Está muy bueno que lo hagan (legislar sobre la defensa del honor en el Código civil del estado), pero es probable que también se vuelva un mecanismo para agredir la libertad de expresión de quienes criticamos a los poderosos… es muy importante cuidar el honor, pero también salvaguardar la libertad de expresión”, destacó el analista y académico. Tras un proceso judicial que a la fecha lleva un año y ocho meses, “el desgaste en tiempo, energía y recursos ha sido enorme”, a pesar de que ha contado con el apoyo de un despacho que lleva su caso por bono, señala. Prosigue: “Una demanda para defender el honor también busca inhibir y hostigar a quienes pensamos de manera diferente o crítica. En mi caso creo que el exgobernador quería frenarme en las investigaciones que conduzco sobre desaparecidos en Coahuila. Se deben conciliar el derecho al honor y a la libertad de expresión. Una forma sería establecer un mecanismo para que un juez determine de entrada si las demandas son procedentes o improcedentes, así se limitarían un buen número de las que se aprovechan para agredir a quienes piensan diferente”. De su lado, la organización Artículo 19 resaltó los criterios sobre la defensa de la reputación de los funcionarios públicos, entre los que cobra relevancia el de “real malicia” o “malicia efectiva”, ya que los funcionarios públicos “cuentan con un umbral de protección diverso, toda vez que las expresiones concernientes a ellos deben gozar de un margen de apertura que permita un debate más amplio respecto de asuntos de interés público”, y así lo ha resuelto la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Otro aspecto que destaca la organización dedicada a la defensa de la libertad de expresión y periodistas es que el alcance de las sanciones derivadas del daño moral “deberá ser proporcional y razonable”, y que la publicación de información fiel, cierta o que resulte de interés público no debe generar responsabilidad alguna, como es el caso del desempeño de los servidores públicos, la administración pública y los organismos privados que ejerzan gasto público o cumplan funciones de autoridad. A la fecha, ocho entidades mantienen vigentes los delitos de difamación, calumnias y/o injurias, además de que, según documenta Artículo 19, la mayoría de los estados carecen de leyes adecuadas en materia civil.

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