Tribunal da luz verde a candidatos de Juntos Haremos Historia en 15 municipios del Edomex

lunes, 14 de mayo de 2018 · 20:19
TOLUCA, Edomex. (apro).- El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) otorgó a la coalición Juntos Haremos Historia el registro en los 15 municipios denegados por el Instituto local en la materia (IEEM), tras considerar que los consejeros se excedieron con la negativa. Así, Morena y los partidos del Trabajo (PT) y Encuentro Social (PES) también podrán postular candidatos a las presidencias municipales en Coacalco, Cuautitlán Izcalli, Ixtapaluca, Lerma, El Oro, Ozumba, San Antonio la Isla, San Felipe del Progreso, San Martín de las Pirámides, Texcaltitlán, Texcalyacac, Villa de Allende, Zacualpan, Zumpahuacán y Luvianos. Además, los magistrados dieron luz verde 18 planillas de Juntos Haremos Historia avaladas en el acuerdo IEEM/CG/108/2018 que fueron recurridas por los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC) por no completar el registro de la totalidad de los candidatos, pues en algunas faltaban ediles propietarios y/o suplentes. El pleno resolvió que no les asistía la razón a los actores, pues cuando el número faltante de miembros de la planilla no sea relevante para la integración del ayuntamiento, el requisito no es dispensable. A través del recurso RA/34/2018, Nueva Alianza impugnó el acuerdo IEEM/CG/105/2018 por el que se registraron varias planillas de Juntos Haremos Historia, al señalar que hubo un trato parcial en el desahogo de los requerimientos relativos al registro de sus candidatos. No obstante, el Tribunal precisó que, en términos del convenio de coalición celebrado por los partidos Morena, PT y PES, la representación del primero de los mencionados realizaría el registro y a ese instituto político le fue notificado el requerimiento respectivo. Por su parte, Juntos Haremos Historia promovió el RA/40/2018, en virtud de que el acuerdo IEEM/CG/108/2018 no le reconoció, sin fundamento o motivo, candidatos a síndicos y regidores en los municipios de Aculco, Almoloya de Alquisiras, Almoloya del Río, Axapusco, Cocotitlán, Ixtapan de la Sal, Juchitepec, Nezahualcóyotl, Otzolotepec, Temascalapa, Temascaltepec, Temoaya, Tenancingo, Tenango del Aire, Tenango del Valle, Teotihuacán, Tepetlaoxtoc, Timilpan, Villa del Carbón y Villa Guerrero. Los magistrados determinaron que los agravios sólo resultaban fundados en relación con los municipios de Almoloya del Río (primer regidor suplente), Tenancingo (cuarto regidor propietario y suplente) y Villa del Carbón (segundo regidor propietario), pues el Consejo General los registró en un lugar distinto al solicitado. También en Cocotitlán y Juchitepec, donde la autoridad administrativa electoral no se pronunció sobre las candidatas a tercera regidora propietaria y segunda regidora suplente, respectivamente, pese a ser solicitado el registro y cumplir los requisitos de elegibilidad. En los demás casos el pleno indicó que la coalición impugnante no solicitó registro de candidato alguno. Los magistrados también ordenaron al IEEM pronunciarse sobre la planilla en el municipio de Texcalyacac, pues en el acuerdo impugnado no se hizo mención a los candidatos de este municipio. Por último, otorgó un plazo de 48 horas al Consejo General para que se allegue de los requisitos faltantes o la coalición realice la sustitución de candidatos y, dentro de las 48 horas siguientes a que ello suceda, deberá pronunciarse sobre el registro. Con la resolución del RA/41/2018, que valida las 15 planillas denegadas por el IEEM y del RA/40/2018 quedaron sin materia 36 juicios promovidos por los candidatos a los que se negó el registro.  

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